Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2024-77)
BOP-2024-77 Plan de integridad y medidas Antifraude.
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El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia articula esos objetivos en seis pilares, que según
el artículo 3 del Reglamento (UE) 241/2021 son los siguientes:
- Transición ecológica
- Transformación digital
- Crecimiento inteligente, sostenible e integrador
- Cohesión social y territorial
- Salud y resiliencia económica, social e institucional
- Políticas para la próxima generación.
Así, esta Mancomunidad, por su condición de entidad ejecutora o como ente instrumental,
según corresponda, de proyectos financiados con fondos del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, aprueba el Plan de Integridad y Medidas Antifraude cuyo
contenido figura a continuación.
2. OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Plan tiene como objetivo establecer los principios y las normas que serán de
aplicación y observancia en materia antifraude, anticorrupción y a fin de evitar los conflictos
de intereses en relación con los fondos provenientes del Mecanismo para la Recuperación y la
Resiliencia.
Para ello, se promoverá una cultura que ejerza un efecto disuasorio para cualquier tipo de
actividad fraudulenta, haciendo posible su prevención y detección, y desarrollando unos
procedimientos que faciliten la investigación del fraude y de los delitos relacionados con el
mismo, que permitan garantizar que tales casos se abordan de forma adecuada y en el
momento preciso.
Este plan se estructura en torno a los cuatro elementos clave del denominado ciclo antifraude:
prevención, detección, corrección y persecución y será de aplicación a todos los órganos y a
todo el personal que intervengan en la gestión de fondos provenientes del Mecanismo para la
Recuperación y Resiliencia.
3. GLOSARIO DE LAS NOCIONES DE IRREGULARIDAD ADMINISTRATIVA,
FRAUDE, CORRUPCIÓN, MALVERSACIÓN Y CONFLICTO DE INTERESES
Son de aplicación al presente Plan, en lo que afecta respectivamente a las nociones de
irregularidad administrativa, de fraude, corrupción, malversación y conflictos de intereses, las
definiciones contenidas en las siguientes disposiciones normativas de la Unión Europea:
- Reglamento (Euratom) 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a los
controles en los países de la UE y la imposición de sanciones en caso de irregularidades por lo
que respecta a las irregularidades administrativas (artículo 1.2).
- Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses
financieros de la Unión (Directiva PIF), en lo que afecta a la definición normativa de fraude y
corrupción, así como malversación (artículos 3 y 4).
- Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de
julio de 2018, sobre normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, en
relación con los conflictos de intereses (artículo 61.3).
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
CVE:
BOP-2024-77
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de enero de 2024
N.º 0005
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