Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-7895)
BOP-2024-7895 Aprobación definitiva Ordenanza General Reguladora de Subvenciones.
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El plazo máximo para resolver y notificar será de doce meses desde la fecha del acuerdo de
iniciación.
ARTÍCULO 15. Responsables de las Infracciones.
Serán responsables de las infracciones administrativas en materia de subvenciones quienes
por acción u omisión incurran en los supuestos tipificados como infracciones en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en particular:
—Los/as beneficiarios/as de subvenciones, así como los miembros de las personas o
entidades contempladas en el apartado 2 y segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con las actividades
subvencionadas que se hubieran comprometido a realizar.
—Las entidades colaboradoras.
—El/la representante legal de los/as beneficiarios/as de subvenciones que carezcan de
capacidad de obrar.
—Las personas o entidades relacionadas con el objeto de la subvención o su justificación,
obligadas a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
ARTÍCULO 16. Exención de la Responsabilidad.
Las acciones u omisiones tipificadas en la citada Ley no darán lugar a responsabilidad por
infracción administrativa en materia de subvenciones en los siguientes supuestos:
—Cuando se realicen por quienes carezcan de capacidad de obrar.
—Cuando concurra fuerza mayor.
—Cuando deriven de una decisión colectiva, para quienes hubieran salvado su voto o no
hubieran asistido a la reunión en que se tomó aquélla.
ARTÍCULO 17. Infracciones y Sanciones Administrativas. Procedimiento Administrativo
Sancionador.
El procedimiento administrativo sancionador será el regulado por el Reglamento del
procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto
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BOP-2024-7895
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Martes, 2 de enero de 2024
N.º 0001
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