Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-7895)
BOP-2024-7895 Aprobación definitiva Ordenanza General Reguladora de Subvenciones.
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1398/1993, de 4 de agosto, con las especialidades existentes en la Ley General de
Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo.
Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones
tipificadas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y serán
sancionables incluso a título de simple negligencia.
Se atenderá en cuanto a tipificación y procedimiento a lo previsto en el Título IV de la citada
Ley.
ARTÍCULO 18. Entrada en Vigor.
La presente Ordenanza será objeto de publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres, entrando en vigor una vez haya transcurrido el plazo establecido en el artículo
65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Belvís de Monroy, 24 de diciembre de 2023
Fernando Sánchez Castilla
ALCALDE-PRESIDENTE CVE:
BOP-2024-7895
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de enero de 2024
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