Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2023-7892)
BOP-2023-7892 Aprobación inicial Reglamento regulador de la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Mancomunidad Integral de Municipios del Campo Arañuelo.
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laboral que aportan espacial y temporalmente. La creciente potenciación de la digitalización ha
ampliado las posibilidades del trabajo a distancia. El acceso a bases de datos, documentos y
herramientas almacenadas en espacios virtuales compartidos (la nube) facilita muchos
procesos. Además, existen tecnologías de comunicación virtual sincrónica y diacrónica con
amplia dispersión geográfica de los participantes. Hay muchas aplicaciones de trabajo
colaborativo que facilitan el trabajo en equipo con herramientas como la gestión de agendas, la
colaboración en un mismo documento a distancia, y otros aspectos del trabajo grupal.
A su vez, cada vez son mayores las demandas de medidas de conciliación de la vida familiar,
personal y laboral que faciliten la compatibilidad del cumplimiento de las tareas profesionales
con un desarrollo satisfactorio de las condiciones personales y familiares, tan difícil de conseguir
hoy en día. También a ellas pretende dar respuesta la implantación del trabajo a distancia,
habiéndose manifestado sus bondades en este sentido allá donde hay experiencias de su
implantación. Por lo que puede decirse que el teletrabajo supone una mejora social a corto
plazo en las condiciones de trabajo y una mejora en otros ámbitos de la vida, como el
medioambiental a largo plazo, en cuanto se contribuye a la disminución de la contaminación y
al ahorro de energía.
No debemos desconocer que esta forma de organización del trabajo puede suponer
importantes beneficios, tanto para la organización como para el personal afectado. De un lado,
a la Administración le permite seguir desarrollando sus funciones y cumplir los fines
encomendados sin menoscabo alguno y le permite reorganizar los procesos de trabajo,
redefiniendo objetivos, obteniendo mediante un trabajo orientado a resultados una mejor
gestión del tiempo y una mejora de la calidad en la prestación de los servicios que se prestan a
la ciudadanía. De otro lado, a la persona tele-trabajadora se le posibilita flexibilizar su jornada
laboral para adaptarla a sus circunstancias personales y familiares, hecho que, sin duda,
aumenta su compromiso y nivel de motivación y singulariza de forma más concreta los derechos
generales subjetivos de los que es titular, evitando incluso que los trabajadores y/o
trabajadoras, tengan que elegir entre la vida familiar y la vida laboral, cuando los
desplazamientos hacen incompatible ambas opciones.
El teletrabajo es, hoy en día, uno de los elementos más relevantes dentro del llamado "salario
emocional", esto es, las retribuciones no económicas que el empleado público puede percibir
de la Mancomunidad y que mejoran su percepción sobre el ambiente laboral, incrementan su
productividad y satisfacen necesidades profesionales, personales o familiares. Supone un
incentivo en forma de tiempo que repercute en la calidad de vida y en la motivación.
Sin embargo, también presenta posibles inconvenientes: protección de datos, brechas de
seguridad, tecnoestrés, horario continuo, fatiga informática, conectividad digital permanente,
mayor aislamiento laboral, pérdida de la identidad corporativa, deficiencias en el intercambio
de información entre las personas que trabajan presencialmente y aquellas que lo hacen de
manera exclusiva a distancia, dificultades asociadas a la falta de servicios básicos en el territorio,
como la conectividad digital o servicios para la conciliación laboral y familiar, o traslado a la
Cód.
Validación:
4HSR5JHZMCW76K5AEJLXCCHJN
Verificación:
https://campoaranuelo.sedelectronica.es/
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Viernes, 29 de diciembre de 2023
N.º 0246
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