Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2023-7892)
BOP-2023-7892 Aprobación inicial Reglamento regulador de la modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Mancomunidad Integral de Municipios del Campo Arañuelo.
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solicitud de reducción de jornada en las mismas condiciones que el resto de los trabajadores.
2.- El personal que preste servicios en la modalidad de teletrabajo tiene derecho a la
desconexión digital en los términos establecidos en el artículo 88 de la Ley orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y se le
tiene que garantizar, fuera de la franja horaria de disponibilidad establecida, el respeto a su
tiempo de descanso y a su intimidad personal.
Artículo 11. Equipamiento, protección de datos y prevención de riesgos.
1.- La Mancomunidad Integral de Municipios del Campo Arañuelo suministrará al personal el
equipamiento informático para poder desempeñar sus funciones en modo teletrabajo: un
ordenador portátil, funda y ratón.
Durante el tiempo que dure el teletrabajo, la persona usuaria se responsabilizará de custodiar y
devolver en las mismas condiciones el equipamiento que le ha sido prestado. La persona
empleada se comprometerá también a aplicar todas las actualizaciones de seguridad de
Windows que se vayan publicando y que son necesarias para mantener en buen uso del equipo.
En el caso de que se determine que la deficiencia o desperfecto ha sido por un mal uso y/o
negligencia, la persona empleada estará obligada a asumir el coste de reparación o reposición
del equipo.
El empleado se comprometerá a no destinar el equipo informático para fines distintos del
trabajo y hacer un uso adecuado del mismo.
2.- La conexión con los sistemas informáticos de la Mancomunidad Integral de Municipios del
Campo Arañuelo deberá llevarse a cabo a través de los sistemas que ésta determine para
garantizar la accesibilidad, agilidad, seguridad y confidencialidad de la comunicación
garantizando el cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad. Para mantener la
comunicación precisa en la prestación del servicio, la Administración y el empleado se facilitarán
mutuamente un número de teléfono de contacto.
Los empleados que adopten la modalidad de teletrabajo aportarán una línea de acceso a
Internet que cumpla con las características que defina la Mancomunidad.
3.- El Servicio de Prevención y Salud Laboral facilitará a los empleados municipales que se acojan
a la modalidad de teletrabajo, la formación e información necesaria en materia de seguridad y
salud.
Los empleados acogidos a la modalidad de teletrabajo deberán aplicar, en todo caso la
formación e información facilitada por el Servicio de Prevención y Salud Laboral.
Cód.
Validación:
4HSR5JHZMCW76K5AEJLXCCHJN
Verificación:
https://campoaranuelo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
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BOP-2023-7892
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 29 de diciembre de 2023
N.º 0246
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