Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7822)
BOP-2023-7822 Creación del Consejo Provincial de Políticas Públicas y aprobación de sus Estatutos.
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Convocar las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y de los grupos de trabajo
sectoriales que forme, presidir todas esas sesiones y moderar el desarrollo de los
debates.
Formular el orden del día de las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y, en
caso de presidirlos, de los grupos de trabajo sectoriales que se formen.
Velar por el cumplimiento de los acuerdos del Consejo y visar las actas.
Dirimir los empates de las votaciones mediante voto de calidad.
Enviar a la Diputación Provincial de Cáceres, a través de la secretaría del Consejo, los
informes y dictámenes realizados por cualquiera de los órganos y grupos de trabajo
sectoriales del Consejo.
Artículo 15
1. Las vicepresidencias, que podrán ser hasta tres, se nombrarán por el presidente del
Consejo.
2. Tendrán como funciones:
La sustitución de la presidencia, según el orden que designe el presidente del Consejo,
en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.
Las que expresamente delegue la presidencia, incluida la dirección de las sesiones de
los grupos de trabajo sectoriales que se formen.
Artículo 16
1. Corresponde a la secretaría del Consejo Provincial las funciones de asistencia técnica y
administrativa, así como la fe pública de los acuerdos del mismo. Para su desempeño se
designará un titular y un suplente.
2. El nombramiento y cese se llevarán a cabo por la presidencia de la Diputación de Cáceres a
propuesta de la presidencia del Consejo de entre funcionarios de la corporación provincial con
capacidad y competencia para su ejercicio.
3. La secretaría del Consejo Provincial tendrá como funciones:
CVE:
BOP-2023-7822
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 29 de diciembre de 2023
N.º 0246
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