Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón. (BOP-2023-7753)
BOP-2023-7753 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación del servicio local de abastecimiento de agua potable y otras actividades inherentes al mismo.
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En aquellos casos en que sea necesario acceder a la finca para poder retirar el contador, y en
su caso localizar la acometida, es obligación del/a peticionario/a de la baja, facilitar el acceso
al/a operario/a autorizado/a. Si la baja no se produjese por causas imputables al/a cliente, al
suministro se le continuará girando las correspondientes facturas hasta la baja definitiva del
mismo.
Artículo 13.
Las obligaciones de pago a que se refiere el artículo precedente se cumplirán dentro de los
plazos establecidos en el Reglamento General de Recaudación aprobado por el R.D. 939/2005,
de 29 de julio, y la Ordenanza general de gestión y recaudación del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria. (B.O.P. de 27 de diciembre 1996). El pago podrá efectuarse
en cualquiera de las oficinas bancarias o cajas de ahorros colaboradoras con el Excmo.
Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón, o en su defecto en el en cualquiera de las oficinas
bancarias o cajas de ahorros colaboradoras con el O.A.R.G.T.
Artículo 14.
Los derechos de acometida, cuota de contratación, fianza y derechos de reconexión, en las
cuantías que se establecen en esta Ordenanza, serán abonados por los/as sujetos pasivos,
sus sustitutos/as o responsables en el momento en que, por el Excmo. Ayuntamiento de
Pozuelo de Zarzón, se les practique la liquidación correspondiente, haciéndose efectiva en la
oficina recaudatoria establecida al efecto por el Excmo. Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón.
TÍTULO II. PRESTACIÓN DEL SERVICIO CAPÍTULO I.- ACOMETIDAS
Artículo 15.
Las concesiones de acometidas a las redes de distribución de agua potable, se harán para
cada inmueble que físicamente constituya una unidad independiente de edificación, con acceso
directo a la vía pública.
A las acometidas de suministro se les aplicará lo previsto en el Reglamento de suministro
domiciliario de agua.
Cuando un mismo inmueble contenga más de un núcleo de viviendas y/o locales, cada uno de
los cuales pudiera considerarse "unidad independiente de vivienda o local”, el Excmo.
Ayuntamiento de Pozuelo de Zarzón decidirá según el criterio de mejor servicio la concesión de
una o más acometidas.
CVE:
BOP-2023-7753
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de diciembre de 2023
N.º 0244
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