Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de Plasencia. (BOP-2023-7751)
BOP-2023-7751 Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de las tasas por utilización privativa de instalaciones municipales.
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5.3.- Tarifas.-
La cuantía del Precio Público se ajusta a las tarifas según los epígrafes que se indican a
continuación.
Uso privativo del pabellón municipal para eventos privados 80 €/dia
5.4.- Casos de no sujeción. No estarán sujetas a la tasa las siguientes actividades:
Actividades patrocinadas y/o subvencionadas por el Ayuntamiento.
Actividades en convenio con el Ayuntamiento.
Actividades de Centros Educativos y/o AMPA.
Actividades realizadas bajo el amparo de una convocatoria municipal: Carnaval, fiestas.
Actividades realizadas bajo el patrocinio de las Comisiones de Fiestas.
Actividades apoyadas por otras Áreas Municipales.
Actividades apoyadas por otras Administraciones Públicas o Instituciones Privadas sin
ánimo de lucro, que se dirijan al Ayuntamiento para solicitar su colaboración mediante la
remisión de una programación cultural.
Las actividades de reunión vinculada a algún servicio cultural del Ayuntamiento, por ser
propias de un servicio municipal. Ejemplo : Club deportivos, grupos de juegos,
corresponsales juveniles etc.
5.5.- Estarán bonificadas las siguientes actividades:
Las realizadas por empresas privadas con ánimo de lucro, pero siempre que realicen
actividades culturales y recreativas, el Ayuntamiento podrá bonificar dicha actividad mediante la
deducción de la tasa correspondiente en dos tramos del 25% y del 50% en función de la
evaluación del Proyecto.
5.5.- Para Asociaciones o instituciones sociales, culturales y deportivas, la tasa podrá
devengarse mediante un acuerdo firmado con el Área correspondiente del Ayuntamiento por
una contraprestación por igual valor, de servicios culturales, sociales o deportivos, propios de la
actividades del solicitante.
Artículo 6.- Devengo.
1.-Las tasas se devengará cuando se inicie el uso privativo, momento en el que, a estos
efectos, se entiende que coincide con la concesión de la licencia, si la misma fue solicitada.
CVE:
BOP-2023-7751
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 27 de diciembre de 2023
N.º 0244
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