Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2023-7703)
BOP-2023-7703 Aprobación de Ordenanza Fiscal reguladora del funcionamiento de la pista de pádel municipal y de la tasa por prestación del servicio.
8 páginas totales
Página
AYUNTAMIENTO DE BARRADO
PLAZA DE ESPAÑA, 1, CP 10696
Artículo 3. Competencia.
Se faculta a la Alcaldía del Ayuntamiento de Barrado para:
a) Exigir responsabilidades e indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados a las
instalaciones, así como para imponer sanciones a los/as usuarios/as por el
incumplimiento de lo establecido en esta ordenanza fiscal.
b) Alterar, por necesidades del servicio público, de interés general o de fuerza mayor, el
orden de preferencia en la utilización del servicio y los horarios de apertura y cierre.
TÍTULO SEGUNDO. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO.
Artículo 4. Usuarios/as, reservas y funcionamiento de las instalaciones.
1. Podrán acceder a la utilización de la pista de pádel, libremente, todas las personas
mayores de 12 años.
2. Los/as menores de 12 años podrán acceder a las instalaciones, siempre que vayan
acompañados/as de una persona mayor responsable.
3. Las instalaciones permanecerán disponibles todos los días de la semana y el horario
de apertura será desde las 8:00 a las 23:00 horas, de manera ininterrumpida. No
obstante, por respeto, no podrán utilizarse las instalaciones mientras esté en uso la sala
velatorio contigua a la pista deportiva.
4. Para poder reservar las instalaciones se deberá emplear la aplicación habilitada al
efecto. Las reservas para la utilización se harán efectivas a través de dicha aplicación,
previo pago del importe correspondiente, asignando, previa selección por parte del/de la
solicitante de la fecha y las horas en las que comienza y termina la reserva, no pudiendo
exceder el uso diario por parte de cada solicitante de 2 tramos de 1 hora y 30 minutos
cada uno.
5. La entrada a la pista se abrirá en el mismo momento en el que active la apertura de
puertas y se podrá acceder a la misma mientras dure la reserva.
6. Los/as usuarios/as tendrán la obligación de abandonar las instalaciones y dejar
cerradas las puertas al finalizar la reserva.
7. En el momento de la reserva será aconsejable comprobar tanto la finalización correcta
del proceso de reserva como la fecha y el horario reservado.
8. No se admitirá la reserva para terceros/as.
9. El pago de la tasa por uso de las instalaciones se realizará en el momento en que se
realice la reserva a través de la aplicación. En el caso de no utilizarlas no se devolverá el
Teléfono 927 47 80 46 Fax 927 47 81 12 ayuntamiento@barrado.es
Cód.
Validación:
69FAK2KNG35JKXJFRYPDDA55J
Verificación:
https://barrado.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
2
de
7
CVE:
BOP-2023-7703
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 26 de diciembre de 2023
N.º 0243
Pág. 33320