Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2023-7703)
BOP-2023-7703 Aprobación de Ordenanza Fiscal reguladora del funcionamiento de la pista de pádel municipal y de la tasa por prestación del servicio.
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AYUNTAMIENTO DE BARRADO
PLAZA DE ESPAÑA, 1, CP 10696
Expediente n.º: 82/2023.
Asunto: aprobación de ordenanza fiscal reguladora del funcionamiento de la pista de
pádel municipal y de la tasa por prestación del servicio.
ANUNCIO
El pleno del Ayuntamiento de Barrado, en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de
abril de 2023, acordó la aprobación provisional de la imposición de la tasa por la
prestación del servicio de pista de pádel y de la ordenanza fiscal reguladora de la misma
y de su funcionamiento. Dicho acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia
de Cáceres n.º 0081, de 2 de mayo de 2023, no habiéndose producido reclamación
alguna. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 17, apartados 3 y 4 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se eleva a definitivo el
mencionado acuerdo y se publica íntegramente la citada ordenanza:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL FUNCIONAMIENTO DE LA
PISTA DE PÁDEL MUNICIPAL Y DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE PISTA DE PÁDEL
TÍTULO PRIMERO. ASPECTOS GENERALES.
Artículo 1. Fundamento y naturaleza.
En uso de las facultades concedidas tanto por los artículos 133.2 y 142 de la
Constitución Española como por los artículos 84.1, letra a y 106 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 15 a 27 y 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el
Ayuntamiento de Barrado establece las normas de uso de las instalaciones de la pista de
pádel municipal, situada en el paraje Los Viñazos, y la tasa por la prestación del
servicio, que se regirá por la presente ordenanza fiscal.
Artículo 2. Objeto.
Es objeto de la presente ordenanza:
a) Establecer las normas de uso de las instalaciones de la pista de pádel municipal.
b) Establecer la tasa a satisfacer por la prestación del servicio de pista de pádel.
Teléfono 927 47 80 46 Fax 927 47 81 12 ayuntamiento@barrado.es
Cód.
Validación:
69FAK2KNG35JKXJFRYPDDA55J
Verificación:
https://barrado.sedelectronica.es/
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Martes, 26 de diciembre de 2023
N.º 0243
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