Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2023-7669)
BOP-2023-7669 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.
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AYUNTAMIENTO DE SALORINO
a) Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el
pago.
b) Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o
compensación en período voluntario y otras causas de
suspensión del procedimiento de recaudación.
c) Falta de notificación de la liquidación.
d)Anulación de la liquidación.
e) Error u omisión en el contenido de la providencia de apremio
que impida la identificación del deudor o de la deuda
apremiada.
Artículo 97. Desarrollo del procedimiento de apremio.
El procedimiento de apremio se llevará a cabo de la forma regulada en
el Reglamento General de Recaudación, con las siguientes
particularidades:
a) Intereses de demora:
Con carácter general, los intereses de demora se calcularán y pagarán
en el momento del pago de la deuda apremiada.
De no efectuarse su cálculo en este momento, se practicará
posteriormente liquidación de los intereses devengados, que será
notificada al deudor siguiéndose para su tramitación y recaudación el
procedimiento establecido con carácter general para las liquidaciones
practicadas por la Administración. No se practicará liquidación por
intereses de demora cuando la cantidad resultante por este concepto no
exceda de 6,01 euros.
b) Anulación de deudas:
Conforme autoriza el Reglamento General de Recaudación, se anularán y
serán baja en contabilidad las deudas integradas en un expedientes
ejecutivo cuyo importe total, excluido el recargo de apremio, no exceda
de 60 euros siempre que se acredite que no se puede compensar la
deuda:
 bien por no existir créditos reconocidos por acto
administrativo firme de la Hacienda municipal a favor del
mismo sujeto pasivo,
 bien por estar endosado el crédito a favor de un tercero con
conocimiento del Servicio de Contabilidad municipal.
Será asimismo, preciso probar que el deudor ha resultado desconocido
en el domicilio que figura en el título ejecutivo correspondiente o en
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Cód.
Validación:
7H2CGRN5MFNRHQH7RMGARQYM5
Verificación:
https://salorino.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-7669
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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