Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2023-7638)
BOP-2023-7638 Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.
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AYUNTAMIENTO DE HERRERUELA
Reglamentariamente se regulará el procedimiento para la extinción de
las deudas tributarias a las que se refiere el párrafo anterior y, en los
casos en que se hallen implicadas dos Administraciones tributarias, los
mecanismos de compensación entre éstas.
Artículo 35: Justificantes y certificaciones de pago.
1.- El que pague una deuda tendrá derecho a que se le entregue
justificante del pago realizado. El pago de las deudas tributarias
solamente se justificará mediante la exhibición del documento que, de
los enumerados en el apartado siguiente, proceda.
2.- Los justificantes del pago en efectivo serán, según los casos:
a) Los recibos.
b) Las cartas de pago suscritas o validadas por órganos
competentes o por entidades autorizadas para recibir el
pago.
c) Las certificaciones acreditativas del ingreso efectuado.
d) Los justificantes debidamente diligenciados por Entidad
Financiera autorizada.
e) Cualquier otro documento al que se otorgue expresamente
el carácter de justificante de pago por el Ayuntamiento.
3.- Los justificantes de pago en efectivo deberán indicar, al menos, las
siguientes circunstancias:
a) Nombre y apellidos o razón social completa, número de
identificación fiscal, si consta, y domicilio del deudor.
b)Concepto, importe de la deuda y período a que se refiere.
c) Fecha de pago.
d)Órgano, persona o entidad que lo expide.
4.- Cuando los justificantes de pago se extiendan por medios mecánicos,
las circunstancias del apartado anterior podrán expresarse en clave o
abreviatura suficientemente identificadoras, en su conjunto, del deudor y
de la deuda satisfecha a que se refieran.
5.- El deudor podrá solicitar de la Administración certificación
acreditativa del pago efectuado quedando ésta obligada a expedirla.
Subsección Segunda.
APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO
Artículo 36. Deudas aplazables
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Cód.
Validación:
C3CL6N4CKFG7AH7FSQCAEFCJX
Verificación:
https://herreruela.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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22
de
76
CVE:
BOP-2023-7638
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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