Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2023-7633)
BOP-2023-7633 Aprobación definitiva de Reglamento.
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prohibido por la ley, o que, directa o indirectamente, suponga un trato desfavorable que sitúe a
la persona que la sufre en desventaja particular con respecto a otra en el contexto laboral o
profesional, solo por su condición de informante, o por haber realizado una revelación pública.
La persona que viera lesionados sus derechos por causa de su comunicación o revelación una
vez transcurrido el plazo de 2 años, podrá solicitar la protección de la autoridad competente
que, excepcionalmente y de forma justificada, podrá extender el período de protección, previa
audiencia de las personas u órganos que pudieran verse afectados. La denegación de la
extensión del período de protección deberá estar motivada.
3.- Las personas que comuniquen o revelen infracciones previstas en el artículo 2 de la Ley
2/2023, a través de los procedimientos previstos en dicha Ley accederán, al menos a las
siguientes medidas de apoyo:
Información y asesoramiento completos e independientes, que sean fácilmente
accesibles para el público y gratuitos, sobre los procedimientos y recursos disponibles,
protección frente a represalias y derechos de la persona afectada.
Asistencia efectiva por parte de las autoridades competentes ante cualquier autoridad
pertinente implicada en su protección frente a represalias, incluida la certificación de que
pueden acogerse a protección al amparo de la referida Ley.
Asistencia jurídica en los procesos penales y en los procesos civiles transfronterizos de
conformidad con la normativa comunitaria.
Apoyo financiero y psicológico, de forma excepcional, si así lo decidiese la Autoridad
Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) tras la valoración de las
circunstancias derivadas de la presentación de la comunicación.
Todo ello, con independencia de la asistencia que pudiera corresponder al amparo de la Ley de
asistencia jurídica gratuita, para la representación y defensa en procedimientos judiciales
derivados de la presentación de la comunicación o revelación pública.
4.- No se considerará que las personas que comuniquen información sobre las acciones u
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BOP-2023-7633
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Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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