Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2023-7631)
BOP-2023-7631 Aprobación definitiva de modificación de Reglamento.
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alcaldia@coria.org ∙ Tfno: 927 508 000 ext. 202 ∙ Fax: 927 508 001
El Ayuntamiento determinará y facilitará los sistemas de firma electrónica que debe utilizar su personal, mediante
Resolución de la Alcaldía, en el marco de lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la LRJSP y su normativa de
desarrollo.
CAPÍTULO 3. SEDE ELECTRÓNICA
Artículo 5.- Sede Electrónica
1.- La Sede Electrónica del Ayuntamiento está disponible en la dirección URL: https://sede.coria.org. La titularidad de
la Sede Electrónica corresponderá al Ayuntamiento.
2.- La responsabilidad de su contenido, de los servicios puestos a disposición de terceros y de la coordinación con las
áreas del Ayuntamiento corresponde a las diferentes unidades gestoras.
3.- Las condiciones técnicas de la Sede Electrónica se adecuarán al efectivo cumplimiento del Esquema Nacional de
Seguridad (ENS), quedando categorizada como un sistema de nivel medio.
La Sede Electrónica utilizará para identificarse y garantizar una comunicación segura certificado reconocido o
cualificado de autenticación de sitio web o equivalente.
4.- La Sede Electrónica deberá ser accesible a los ciudadanos todos los días del año, durante las 24 horas del día. Solo
cuando concurran razones justificadas de mantenimiento técnico u operativo podrá interrumpirse, por el tiempo
imprescindible, la accesibilidad a la misma. En supuestos de interrupción no planificada en el funcionamiento de la
Sede, y siempre que sea factible, el usuario visualizará un mensaje en el que se comunique tal circunstancia.
Artículo 6.- Catálogo de procedimientos y modelos normalizados
1.- La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante el Ayuntamiento y Coria a través del Registro
General deberá llevarse a cabo utilizando los modelos normalizados a los que se accederá a través de la Sede
Electrónica.
2.- El artículo 16.1 de la LPACAP establece que en la Sede Electrónica de acceso a cada Registro figurará la relación
actualizada de trámites que pueden iniciarse en el mismo.
A estos efectos, el Ayuntamiento hará público y mantendrá actualizado el catálogo de procedimientos y actuaciones en
la Sede Electrónica.
Artículo 7.- Contenido de la Sede Electrónica
1.- La Sede Electrónica tendrá el contenido marcado en la legislación aplicable, debiendo figurar en todo caso:
a) La identificación del órgano titular de la Sede y de los responsables de su gestión y de los servicios puestos a
disposición de la misma y en su caso, de las subsedes de ella derivadas.
b) La información necesaria para la correcta utilización de la Sede, incluyendo el mapa de la Sede Electrónica o
información equivalente, con especificación de la estructura de navegación y las distintas secciones disponibles.
c) Sistema de verificación de los certificados de la Sede, que estará accesible de forma directa y gratuita.
d) Relación de sistemas de firma electrónica que sean admitidos o utilizados en Sede.
e) La relación de sellos electrónicos utilizados por la Administración, incluyendo las características de los certificados
electrónicos y los prestadores que los expiden, así como el sistema de verificación de los mismos.
f) Un acceso al Registro Electrónico y a la disposición de creación del Registro, accesible desde la Sede.
g) La información relacionada con la protección de datos de carácter personal.
h) Medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas.
CVE:
BOP-2023-7631
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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