Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2023-7629)
BOP-2023-7629 Bases que han de regir la convocatoria de los procesos selectivos en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación de la ley 20/2021.
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Grupo AP.
Por asistir a cursos o actividades formativas: 20 puntos máximo.
Actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen
número de horas se valorarán con 0,60 puntos.
Se valorarán con 1,20 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentadas por los/as aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1
crédito con 10 horas.
La valoración de este mérito deberá acreditarse mediante original o copia de la certificación
que exprese que se ha participado como docente en una determinada actividad formativa y en
la que se acrediten las horas impartidas de docencia, no valorándose las prácticas, las
colaboraciones, ni las tutorías.
OCTAVA. - Calificación del proceso selectivo.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal calificador hará
pública en la sede electrónica del Ayuntamiento las puntuaciones provisionales obtenidas por
las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas
puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las
mismas. La no presentación en la instancia de la relación de los méritos alegados en el plazo
señalado para la presentación de solicitudes, así como la documentación acreditativa,
supondrá la no valoración al/la aspirante de los mismos.
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas en la sede electrónica del ayuntamiento las
puntuaciones definitivas del Concurso.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la mayor
antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido no fijo en el
desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de cada
convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De persistir el empate se atenderá a la
mayor antigüedad en el Ayuntamiento de Ceclavín como funcionario/a interina, contratación
temporal e indefinido no fijo en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo. Si
aun así persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras Administraciones
Públicas como funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido no fijo en el
desempeño de plazas de igual denominación y del mismo grupo o subgrupo.
NOVENA. -Proceso selectivo.
CVE:
BOP-2023-7629
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de diciembre de 2023
N.º 0242
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