Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Rivera de Fresnedosa. (BOP-2023-7510)
BOP-2023-7510 Aprobación Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual Entre Pueblos.
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Por el Director, se informará con la antelación debida a todo el personal (gestora, coordinadora
de formación, monitores y alumnos-trabajadores) de la Escuela Profesional.
En caso del que el proyecto aglutine actividades ubicados en diferentes poblaciones, tendrán la
consideración de fiestas locales, las de la localidad que se determine Sede de la Escuela
Profesional, independientemente del origen de los alumnos o monitores.
Cuando Nochebuena y Nochevieja coincidan en sábado o domingo, se incrementará el número
de días de asuntos particulares a disfrutar contemplado en el artículo 38 K) (Resolución de 12
de marzo de 2010).
Asuntos propios.
Se tendrá derecho a SIETE días de asuntos propios al año, los cuales no podrán acumularse
en ningún caso a las vacaciones anuales retribuidas, no se podrán solicitar más de tres al mes
ni acumular más de tres días.
Dirección podrá denegar su concesión cuando se acumulen para una misma jornada peticiones
que superen el 30% de la plantilla del taller o al entender que lesionan gravemente el
funcionamiento del mismo.
Se solicitarán por escrito en modelo oficial de la Mancomunidad al menos con 48 horas de
antelación.
Incapacidades por motivos de salud.
A partir del tercer día de no asistencia al trabajo por motivos de enfermedad o accidente
(reposo médico), se pasará a situación de baja médica.
El número máximo de faltas de asistencias por motivos de salud, sin baja médica será de 4 al
año. Se presentará justificante de reposo médico.
PERMISOS Y LICENCIAS.
a) Quince días naturales en caso de matrimonio.
b) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un/a familiar dentro del primer y segundo
grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la
misma localidad y, cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.
c) Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un/a familiar de tercer y
cuarto grado de consanguinidad o afinidad, 1 día cuando el suceso se produzca en la misma
localidad y dos cuando sea en distinta localidad.
d) Se considera localidad de residencia el ámbito de la Mancomunidad para los/as
trabajadores/as que residen en ella.
e) Por traslado de domicilio habitual, 2 días sin cambio de localidad de residencia; 3 con
cambio de residencia a otra localidad. (Se aportará justificante de empadronamiento).
f) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos que se
determine, conforme al convenio de Mancomunidad o norma superior.
CVE:
BOP-2023-7510
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de diciembre de 2023
N.º 0238
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