Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7441)
BOP-2023-7441 Bases y convocatoria de subvenciones del Plan Integra VII para los Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes y Entidades Locales.
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VICEPRESIDENCIA DE TERRITORIO,
IGUALDAD Y CULTURA
SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
SEGUNDA.- COMPETENCIA
La Vicepresidencia Primera de la Diputación Provincial de Cáceres, será el órgano competente para la
aprobación de esta convocatoria, así como para la concesión de las subvenciones previstas en el Anexo I
donde se recogen los importes correspondientes al reparto por entidades beneficiarias.
El órgano encargado de la puesta en marcha y la tramitación será el Servicio de Igualdad, Política Social y
Cooperación Internacional adscrito al Área de Vicepresidencia de Territorio, Igualdad y Cultura.
TERCERA.- VIGENCIA.
Las presentes normas regularán la presente convocatoria con vigencia desde el día siguiente a la
publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, siguiendo el procedimiento
establecido en el Art. 20.8 a) de la LGS, para el ejercicio 2024 y 2025, y no podrán ser objeto de
prórroga, ni expresa ni tácita.
CUARTA.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
El importe total de la convocatoria asciende a un millón quinientos mil euros (1.500.000,00 €), estando
consignada en el Presupuesto General de la Diputación de 2024, en las aplicaciones:
04.2314.46201 Plan Empleo Aytos. -"Diputación Integra VII" 1.450.000,00 €
04.2314.46801 Plan Empleo E.L.M - "Diputación Integra VII" 50.000,00 €
QUINTA.- COMPROMISOS DE LA ENTIDAD CONCEDENTE
1º.
La Diputación aportará a cada Entidad local la cantidad fijada en el Anexo, para dedicarlo a la
realización del objeto de la subvención. La distribución entre las entidades con población inferior a 20.000
habitantes de la provincia, se realiza teniendo en cuenta las manifestaciones de interés enviadas por las
mismas y que respondan a la iniciativa efectuada por la Diputación de Cáceres.
El importe de la ayuda a percibir por cada Entidad se refleja en el Anexo adjunto y se corresponde con un
importe fijo para cada Entidad.

. Cualquier coste por encima de la aportación estimada, derivado por ejemplo de la aplicación de
convenios colectivos o de posibles adaptaciones del puesto de trabajo, deberá ser asumido por la entidad
contratante.

. En ningún caso, la cantidad concedida podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con subvenciones
de otras Administraciones públicas o entes públicos o privados, superen el coste efectivo de la actividad.
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CVE:
BOP-2023-7441
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 15 de diciembre de 2023
N.º 0237
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