Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-7387)
BOP-2023-7387 Ordenanza reguladora del funcionamiento del servicio de Ayuda a Domicilio.
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ARTÍCULO 8. PRESTACIONES DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.
8.1.- PRESTACIONES INCLUIDAS EN EL SERVICIO DE AYUDA A
DOMICILIO.
Las prestaciones que contempla el SAD se dividen en:
1. PRESTACIONES DE CARÁCTER DOMÉSTICO.
a) Mantenimiento de limpieza o ayuda a la limpieza de la vivienda, salvo
casos específicos de necesidad que sean determinados por el personal técnico responsable.
b) Preparación de alimentos en el hogar, o traslado de los mismos al domicilio.
c) Lavado a máquina, planchado, repaso y organización de la ropa dentro del hogar.
d) Apilación de las ropas sucias y traslado, en su caso, para su posterior recogida por
el servicio de lavandería (si lo hubiere).
e) Adquisición de alimentos y otras compras de artículos de primera necesidad
por cuenta de la persona usuaria.
f) Tareas de mantenimiento básico habitual de utensilios domésticos y de uso
personal, que no requieran el servicio de un especialista (cambio de bombillas, cambio de
bolsas de aspiradora, sustitución de pilas,...).
2. PRESTACIONES DE CARÁCTER PERSONAL.
a) El aseo e higiene personal, habitual o especial, arreglo personal, ducha y/o
baño, incluida la higiene bucal.
b) Ayuda personal para el vestido, calzado y la alimentación.
c) Transferencias, traslados y movilización dentro del hogar.
d) Actividades de la vida diaria necesarias en la atención y cuidado de la persona
usuaria.
e) Estimulación y fomento de la máxima autonomía y participación de las
personas atendidas en la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
f) Fomento de hábitos de higiene y orden.
g) En personas con alto riesgo de aparición de úlceras por presión, prevenir éstas
mediante una correcta higiene, cuidados de la piel y cambios posturales.
h) Ayuda en la administración de medicamentos que tenga prescritos la persona
usuaria.
i) Cuidados básicos a personas incontinentes.
j) Ayuda para la ingestión de alimentos.
k) Fomento de la adecuada utilización de ayudas técnicas y adaptaciones pautadas.
CVE:
BOP-2023-7387
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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