Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-7387)
BOP-2023-7387 Ordenanza reguladora del funcionamiento del servicio de Ayuda a Domicilio.
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día siguiente al de la recepción de la notificación.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso
Contencioso – administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o
acción que estime procedente.
ARTICULO 23. PRESTACIÓN ANTICIPADA DEL SERVICIO.
En casos suficientemente justificados y motivados, podrá autorizarse la prestación del
servicio durante el tiempo que medie entre la presentación de la solicitud y la resolución del
expediente, con independencia de que el expediente siga su trámite por el procedimiento ordinario
hasta que se dicte la resolución definitiva correspondiente.
CAPÍTULO QUINTO
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DEL
SERVICIODE AYUDA A DOMICILIO.
ARTÍCULO 24. DERECHOS DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DEL SAD.
1. Recibir adecuadamente la prestación, con el contenido y la duración que en cada caso
se considere.
2. Ser tratadas de forma correcta y con el debido respeto a sus ideas, creencias,
opiniones y/o gustos por el personal auxiliar del Servicio.
3. Ser informadas puntualmente de las modificaciones que pudieran producirse en el
régimen de la prestación.
4. Ejercer el derecho a quejas, sugerencias y reclamaciones.
5. Formular solicitud de ampliación de los Servicios concedidos, cambio de titular del
servicio, o cualquier otra circunstancia en el desarrollo de la prestación, siempre que dichos
cambios se deban a alteraciones sufridas en las circunstancias que motivaron la concesión y
estén debidamente justificados.
ARTÍCULO 25. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DEL SAD.
1. Satisfacer el precio público establecido para la prestación del SAD, según la Ordenanza
de precio público en vigor.
2. Mantener un trato correcto y cordial con las personas que prestan el Servicio,
CVE:
BOP-2023-7387
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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