Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7368)
BOP-2023-7368 Bases Generales reguladoras de los procesos de selección para la provisión de plazas.
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PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Y SEPEI
Los aspirantes que soliciten participar por el turno de promoción interna únicamente podrán
presentarse por este turno, cuando se realice la convocatoria de ambas de forma simultánea.
Las pruebas de promoción interna podrán llevarse a cabo en convocatorias independientes.
CUARTA. Información, difusión y publicidad. Instancias de participación.
4.1. Toda la información relativa al proceso de la convocatoria se publicará en la página web oficial
dedicada expresamente al Empleo público, donde se publicarán las características de la
convocatoria, sus plazos y modelos de documentos que deberán utilizarse para presentar la
convocatoria, así como listas provisionales y definitivas que se produzcan en el desarrollo de la
convocatoria, lugares de celebración de los ejercicios, resultados de los mismos y actos se
deriven del proceso selectivo.
4.2. En aquellas convocatorias en las que se facilite la presentación de instancias a través de
procedimiento electrónico, se habilitará desde la sede electrónica de esta Diputación, una forma
de registro de las solicitudes y la documentación relativa a la misma, mediante identificación por
alguno de los métodos legalmente establecidos y definidos en la propia sede.
4.3. Además, se publicarán las convocatorias en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres
(BOP), con dirección https://bop-dip-caceres.es, así como aquellos actos que procedan de
conformidad con la normativa reguladora. En el Tablón Electrónico de Anuncios se publicará toda
la información relativa a la convocatoria que se haya publicado en el BOP.
4.4. Instancias.
En cada convocatoria se determinará la forma de presentación de las instancias de participación
en los procesos selectivos y la aportación de la documentación, tanto la relativa a los requisitos
exigidos como la correspondiente a los méritos.
En el supuesto de que el sistema selectivo establecido sea el concurso-oposición, los méritos que
en cada proceso selectivo establezcan las bases específicas se alegarán en la solicitud o en el
modelo normalizado establecido al efecto por la Diputación Provincial de Cáceres.
El Tribunal Calificador o los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres puedan
requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados
y que hayan sido objeto de valoración. Se iniciará expediente de comprobación acerca del
cumplimiento de dichos requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a.
El órgano convocante resolverá de forma motivada lo que proceda.
En la fase de concurso, el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en
su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los
méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o modifiquen
dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación de
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CVE:
BOP-2023-7368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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