Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7368)
BOP-2023-7368 Bases Generales reguladoras de los procesos de selección para la provisión de plazas.
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AREA DE GESTION DE PERSONAL ,
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Y SEPEI
mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo
previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de
las personas con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de Extremadura y
medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la
participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de
los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los
aspirantes de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico
del Empleado Público.
10.6. Si el proceso selectivo incluye una fase de curso selectivo y/o periodo de prácticas, a los
aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, se
les nombrará funcionarios en prácticas, y a los que superen esta fase, funcionarios de carrera.
UNDÉCIMA.- Presentación de documentación.
11.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la propuesta de nombramiento de los aspirantes, éstos aportarán los documentos que a
continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de
la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido en las bases específicas, o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
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CVE:
BOP-2023-7368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Y SEPEI
mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo
previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de
las personas con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de Extremadura y
medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la
participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de
los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los
aspirantes de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico
del Empleado Público.
10.6. Si el proceso selectivo incluye una fase de curso selectivo y/o periodo de prácticas, a los
aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, se
les nombrará funcionarios en prácticas, y a los que superen esta fase, funcionarios de carrera.
UNDÉCIMA.- Presentación de documentación.
11.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la propuesta de nombramiento de los aspirantes, éstos aportarán los documentos que a
continuación se relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en
vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de
la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
c) Original del título exigido en las bases específicas, o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
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