Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7368)
BOP-2023-7368 Bases Generales reguladoras de los procesos de selección para la provisión de plazas.
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AREA DE GESTION DE PERSONAL ,
PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Y SEPEI
4.7. En la solicitud deberá hacerse constar expresamente el turno por el que se participe de
acuerdo con las siguientes indicaciones:
a) Libre.
b) Promoción Interna.
c) Cupo de reserva de discapacidad.
QUINTA. Admisión de aspirantes
5.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda referidos a
la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en
la forma prevista en la base undécima.
5.2. Terminado el plazo de presentación de instancias se aprobará la lista provisional de los/as
aspirantes admitidos/as y excluidos/as que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y
en el Tablón Electrónico de Anuncios y contendrá como anexo único, la relación nominal de
aspirantes excluidos/as y admitidos/as con su correspondiente e indicación de las causas de
inadmisión haciendo constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo
sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del
plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del
artículo sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes
dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
5.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P., en el
Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a
definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado
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CVE:
BOP-2023-7368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Y SEPEI
4.7. En la solicitud deberá hacerse constar expresamente el turno por el que se participe de
acuerdo con las siguientes indicaciones:
a) Libre.
b) Promoción Interna.
c) Cupo de reserva de discapacidad.
QUINTA. Admisión de aspirantes
5.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda referidos a
la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El cumplimiento de
estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en
la forma prevista en la base undécima.
5.2. Terminado el plazo de presentación de instancias se aprobará la lista provisional de los/as
aspirantes admitidos/as y excluidos/as que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y
en el Tablón Electrónico de Anuncios y contendrá como anexo único, la relación nominal de
aspirantes excluidos/as y admitidos/as con su correspondiente e indicación de las causas de
inadmisión haciendo constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del artículo
sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes dentro del
plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos.
En la resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos del
artículo sesenta y ocho de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se concede a los/as aspirantes excluidos/as. Quienes
dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
5.3. Una vez finalizado el plazo de subsanación de la solicitud, se publicará en el B.O.P., en el
Tablón Electrónico de Anuncios y la página web de Empleo Público, una resolución elevando a
definitiva la lista provisional de aspirantes, incluyendo a los/as excluidos/as que hayan subsanado
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