Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-7368)
BOP-2023-7368 Bases Generales reguladoras de los procesos de selección para la provisión de plazas.
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errores u omisiones. En dicha resolución se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del
primer ejercicio de la fase de oposición.
5.4 Las relaciones de aspirantes, tanto admitidos como excluidos, se ordenarán alfabéticamente
atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.
5.5 Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promoción interna o por el cupo de
discapacidad, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de
reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el turno
libre, siempre que la Administración tenga conocimiento de tal circunstancia con anterioridad a la
Resolución que apruebe las citadas relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y,
además, hayan declarado en su solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para ello.
SEXTA. Tribunales de selección.
6.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrán la categoría establecida en
el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública
de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus
correspondientes suplentes:
Presidente:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Corporación o Presidencia del
Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y su correspondiente suplente.
Vocales:
 Un/a empleado/a público/a, designado por la Administración de la Junta de Extremadura y
su correspondiente suplente.
 Dos empleados/as públicos/as, de la Corporación o del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de similar Área funcional y sus correspondientes
suplentes.
Secretario:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto y su correspondiente suplente.
Por Resolución de la Presidencia de la Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo
Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria se concretará las personas integrantes del
Tribunal.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
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CVE:
BOP-2023-7368
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 12 de diciembre de 2023
N.º 0234
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