Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garganta la Olla. (BOP-2023-7307)
BOP-2023-7307 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora Puesto de Mercado.
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fecha y horario, comunicándose a la persona titular de la autorización con una antelación
mínima de quince días, salvo que por razones de urgencia este plazo deba ser reducido
2. A la hora de comienzo del mercadillo, los coches, camiones y vehículos de toda clase han de
haber efectuado sus operaciones de descarga y estar aparcados fuera del recinto del
mercadillo, salvo aquéllos que sean inherentes al ejercicio de la actividad.
3. La conclusión del mercadillo los puestos de este deberán ser desmontados y el lugar dejado
en perfecto estado de limpieza.
ARTÍCULO 19. Puestos.
1. El tamaño de los puestos podrá oscilar entre un mínimo de 1 metro y un máximo de 10
metros.
2. Las instalaciones utilizadas para el comercio en mercadillo han de ser desmontables y reunir
las condiciones necesarias para servir de soporte a los productos dentro de unos mínimos
requisitos de seguridad, de presentación y de higiene. No se podrán ocupar los terrenos del
mercadillo con otros elementos que no sean los puestos desmontables.
ARTÍCULO 20. Contaminación Acústica.
Queda expresamente prohibido el uso de megafonía o de cualquier otra fuente de ruido que
sobrepase el límite de decibelios establecidos en la normativa vigente de calidad acústica, de
acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1038/2012, de 6 de julio.
CAPÍTULO II. Comercio Itinerante.
ARTÍCULO 21. Itinerarios.
1. Las modalidades de comercio Itinerante serán las siguientes:
- Comercio itinerante con ayuda de vehículo.
- Comercio mediante un elemento auxiliar contenedor de las mercancías y portado por la
persona vendedora.
2. El comercio itinerante podrá ejercerse: De lunes a sábado.
3. En caso de interés público, mediante acuerdo motivado, se podrán modificar, fechas y
horarios, comunicándose a la persona titular de la autorización con una antelación mínima de
quince días, salvo que por razones de urgencia este plazo deba ser reducido.
CVE:
BOP-2023-7307
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de diciembre de 2023
N.º 0232
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