Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Garganta la Olla. (BOP-2023-7270)
BOP-2023-7270 Aprobación definitiva Ordenanza tasa fiscal puestos de mercado.
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c) Otras utilizaciones privativas del dominio público municipal, puestos artesanales y atraciones
de ferias
El pago de las tasas reguladas en esta Ordenanza no legitima los aprovechamientos realizados
sin la preceptiva autorización municipal previa.
Artículo 3. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas,
así como las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria, que
soliciten, utilicen o se aprovechen especialmente del dominio público en beneficio particular
para las actividades especificadas en el artículo 2 de esta Ordenanza.
Artículo 4. Cuantía.
1. Se tomará como base de gravamen la longitud ocupada por los elementos que constituye el
objeto de esta Ordenanza.
2.- El importe de la tasa es el que resulta de aplicar las siguientes tarifas:
1º: Venta no sedentaria en ubicación fija colectiva (Mercado ambulante semanal) 1 euros por
metro y día de mercado siendo el mínimo por día de venta 3 euros.
2º: Venta no sedentaria en ubicación aislada, por metro lineal o fracción.
a) 1 euro metro día
b) Ocupación por día en período festivo 1 euro metro y día.
3º: Puestos artesanales y atracciones de feria 1 euro metro y día.
4º: Otras utilizaciones privativas del dominio público municipal:
-Carpas de circo: 20 euros diarios con una ocupación máxima de 3 días.
5. Normas de gestión.
1. De conformidad con lo que se prevé en el artículo 24.5 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo),
cuando, con ocasión de los aprovechamientos regulados en esta Ordenanza, se produjeran
desperfectos en el pavimento, instalaciones de la vía pública o en los mercados municipales,
el/la beneficiario/a, sin perjuicio del pago de la tasa a que hubiera lugar, estará obligado al
CVE:
BOP-2023-7270
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de diciembre de 2023
N.º 0231
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