Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2023-7252)
BOP-2023-7252 Convenio de colaboración con el Ilustre Colegio Notarial de Extremadura.
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c.
Cáceres por delegación de los municipios titulares, y siempre que los Ayuntamientos
respectivos no manifiesten su oposición.
En documento anexo se detallan los Ayuntamientos que en esta fecha tienen delegada en la
Diputación de Cáceres la gestión del IBI y sobre el IIVTNU.
Si la relación de Municipios que han delegado sus competencias en la Diputación de Cáceres
se modificará, el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria comunicará
puntualmente las variaciones a la FEMP y al Colegio Notarial.
En ningún caso el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria llevará a cabo
actuaciones de gestión y liquidación tributarias si no están delegadas las correspondientes
facultades por los Ayuntamientos titulares.
Séptimo. - Colaboración entre las partes. Asistencia por parte de la Diputación.
La Diputación de Cáceres pone a disposición de los/as Notarios/as el acceso a sus bases de
datos con la finalidad de:
Asistir en la presentación de la autoliquidación del Impuesto sobre el IIVTNU.
Obtener información de los datos catastrales que corresponden a cada inmueble, a
efectos de dar cumplimiento al artículo 64 del TRLRHL.
Obtener información de los datos catastrales que corresponden a los inmuebles
transmitidos, con el contenido y alcance resultantes de aplicar las instrucciones de la
Gerencia Regional del Catastro.
El acceso a los datos personales referidos en los apartados a) y b) requiere el consentimiento
de los/as afectados/as.
Para conseguir los objetivos de simplificación del cumplimiento de obligaciones tributarias y
asistencia en la realización de autoliquidaciones, declaraciones y comunicaciones y en su
correcta formulación, los/as Notarios/as se considerarán colaboradores/as de la Diputación de
Cáceres al amparo del artículo 92 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Octavo - Posibilidad de notificaciones o requerimientos especiales individualizados.
El presente acuerdo de colaboración incluye la posibilidad de que los Notarios efectúen
notificaciones o requerimientos especiales individualizados en determinados casos en que lo
solicite el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, con el cobro de la minuta
de honorarios correspondiente.
CVE:
BOP-2023-7252
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de diciembre de 2023
N.º 0231
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