Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herguijuela. (BOP-2023-7170)
BOP-2023-7170 Bases por las que se rige la convocatoria pública para la provisión con carácter interino del puesto de Secretaría - Intervención de la Agrupación de Ayuntamientos de Herguijuela y Conquista de la Sierra.
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Ayuntamiento de Herguijuela
b) Los ejercicios superados en las pruebas selectivas para la formación de lista de espera para la provisión de
puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, mediante certificación expedida por
el Tribunal selectivo u órgano competente a quien corresponda su expedición.
c) Los cursos de formación mediante original o copia auténtica.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada
una de las fases que lo componen.
SÉPTIMA. Selección de Candidatos y Propuesta de Nombramiento
El Tribunal de selección, tras calificar a los aspirantes y baremar los méritos alegados, propondrá a la
Corporación el candidato seleccionado y, de acuerdo con dicha propuesta, el Presidente de la misma remitirá la
propuesta de nombramiento y el expediente completo al órgano competente de la Comunidad Autónoma, que
resolverá definitivamente.
OCTAVA. Constitución de relación de candidatos
La bolsa de interinos se formará con los aspirantes que superen la fase de oposición y según el orden de
puntuación total obtenida tras la fase de concurso.
La bolsa de interinos tendrá una vigencia máxima de 4 años contados a partir de la fecha de su constitución y en
tanto no se modifique la normativa sobre provisión de puestos de trabajo de funcionarios con habilitación de
carácter nacional, mediante nombramiento interino.
El Presidente de la Corporación local propondrá a la Dirección General de Administración Local el
nombramiento del aspirante disponible que corresponda por el orden de la bolsa de interinos. Los
nombramientos y ceses de los funcionarios interinos se realizarán conforme a la normativa estatal y autonómica
aplicable
Se contactará por vía telefónica y correo electrónico con los aspirantes que figuren en situación de «disponible»
en la Bolsa, según el orden de puntuación, para que manifiesten a través de correo electrónico del Ayuntamiento
en el plazo de cuarenta y ocho horas su voluntad de optar al puesto. El integrante de la Bolsa de interinos que
obtenga un nombramiento como funcionario interino se mantendrá en la Bolsa en situación de «no disponible».
La no contestación o renuncia a la selección para un puesto de trabajo supondrá el pase del aspirante al último
lugar de la Bolsa de interinos, salvo que existan causas justificadas que hubieran impedido dar contestación al
correo electrónico de comunicación de vacante a cubrir interinamente.
Si la renuncia se produce una vez se haya producido el nombramiento pero antes de la toma de posesión en el
correspondiente puesto, será excluido de la correspondiente Bolsa de interinos. Igualmente, la negativa
injustificada a ocupar un puesto de trabajo por segunda vez supondrá la exclusión definitiva de la
correspondiente Bolsa de interinos.
Se exceptuará a los aspirantes en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias debidamente
acreditadas:
— Enfermedad o accidente grave que impida la aceptación.
— Avanzado estado de gestación o el periodo posterior al parto hasta los 18 meses.
— Por el cuidado de hijos menores de tres años, o de un familiar hasta el segundo grado de afinidad o
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Plza. de España, s/n, Herguijuela. 10230 (Cáceres). Tfno. 927312059. Fax: 927312191
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Jueves, 30 de noviembre de 2023
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