Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2023-6993)
BOP-2023-6993 Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura "CABO BIRRI."
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AYUNTAMIENTO DE ALMARAZ
Plaza de España, s/n – C.P. 10350
Telfs.: 927 54 40 04/ 87 – Fax: 927 54 43 30
h) Evitar durante la jornada laboral las interferencias ajenas al trabajo que puedan afectar al
mismo: visitas, llamadas y mensajes de teléfono, charlas con terceras personas, no traer
menores a su cargo al trabajo. etc.
i) Solicitar autorización antes de ausentarse del trabajo, poniendo en conocimiento del
monitor correspondiente, del Coordinador de Formación-Técnico Tutor de
acompañamiento o del Director-Gestor, las causas que motiven la ausencia lo antes posible
desde el momento en que el alumno-trabajador tenga conocimiento de ellas. El alumno-
trabajador rellenará antes de marcharse el documento establecido al efecto. Cuando el
alumno-trabajador no se incorpore a su trabajo al comienzo de la jornada por causas
sobrevenidas con posterioridad a la finalización de la jornada anterior, deberá comunicarlo
a la mayor brevedad en el centro de trabajo dentro del horario habitual y a ser posible en la
primera media hora.
j) Justificar todos los períodos de ausencia en el trabajo mediante la presentación de los
documentos oportunos, conforme a las indicaciones facilitadas desde el proyecto. Los
justificantes para acreditar tiempos de ausencia habrán de presentarse el mismo día en que
se produzca el hecho que motivó la ausencia o en los dos días hábiles inmediatamente
posteriores. Los justificantes presentados fuera del mencionado plazo o que no reúnan las
condiciones establecidas por el equipo técnico del proyecto carecerán de validez, salvo que
se quede suficientemente confirmada la imposibilidad de presentarlos en tiempo y forma.
k) Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda
afectar al rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del
resto del personal del programa. Garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
l) Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo
conscientes en todo momento de que de ellos depende la “imagen” que el programa de
escuelas profesionales duales de empleo ofrece al municipio y a su entorno.
m) Mantener en buen estado las instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de
trabajo, ropa laboral y material formativo. El material formativo facilitado por los
monitores deberá permanecer en el centro de trabajo para cualquier consulta. Queda
totalmente prohibida la utilización de cualquier tipo de material perteneciente al proyecto o
a la entidad promotora para fines personales sin la oportuna autorización.
n) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas de todas las instalaciones del proyecto.
o) Cumplir con las obligaciones derivadas del plan de formación y realizar las tareas que se
deriven del mismo, demostrando un rendimiento y actitud adecuada.
p) Cumplir las medidas legales, reglamentarias y establecidas para el proyecto en cuanto a
seguridad e higiene en el trabajo.
q) Participar en los eventos culturales, sociales y diversas actividades de difusión del
proyecto, etc.
Artículo 13. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y
procedimiento.
FALTAS: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en
los apartados siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
1. Faltas leves:
8
Cód.
Validación:
3RAMY46RYCJGNGSGAR3TX9WYT
Verificación:
https://almaraz.sedelectronica.es/
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Miércoles, 22 de noviembre de 2023
N.º 0222
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