Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2023-6993)
BOP-2023-6993 Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura "CABO BIRRI."
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AYUNTAMIENTO DE ALMARAZ
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Telfs.: 927 54 40 04/ 87 – Fax: 927 54 43 30
Artículo 10. Normas generales.
1. Justificación documental de ausencia del programa.
 El alumno-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser
autorizado, debiendo justificar toda ausencia a la Escuela con los documentos
pertinentes.
Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia le impida reincorporarse al
programa con normalidad después de la consulta, el facultativo debe hacer constar
el día o los días que debe permanecer en reposo. De no ser así, se considerará que
puede volver al programa tras la consulta (no podrán ser más de tres días
consecutivos de reposo, ni superar más de cuatro días al año). En el caso de tener
que prolongar la ausencia al trabajo por motivo médico se solicitará al facultativo la
baja médica correspondiente debiendo presentar dicha baja, así como los partes de
confirmación por baja laboral, en el mismo día en que se produzca de manera que
se pueda comunicar tanto al SEXPE como al servicio de personal y nóminas de la
entidad promotora.
 En el caso de saber con antelación que se va a faltar, se debe comunicar al personal
técnico de la Escuela Profesional Dual “Cabo Birri” y además aportar el justificante
correspondiente.
 Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el periodo
de tiempo justificado, no debe transcurrir demasiado tiempo hasta su incorporación
a las actividades del programa, en caso de dilatar este periodo de forma
injustificada podrá ser motivo de sanción.
 La fecha tope para entregar los justificantes será siempre de dos días después de
que se produzca.
 Una vez al alumnado se ha incorporado al centro a primera hora de la mañana, si ha
de ausentarse temporalmente durante la misma por cualquiera de los motivos
justificados en este documento, se comunicará al personal de la E.P.D. “Cabo Birri”
quién lo hará constar en un ficha de incidencia que se recoja hora de salida y de re-
entrada, motivo de la ausencia y si aporta o no justificante.
 Todas las horas que el alumno no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas
justificadas o no serán descontadas del cómputo total de horas del módulo
formativo que se esté impartiendo.
2. Está totalmente prohibido fumar en ninguna de las instalaciones del centro. Para ello, se
habilitarán los espacios correspondientes. Serán los usuarios de estos espacios los
encargados/as de que los deshechos del tabaco (colillas, paquetes, etc.) queden recogidos
en papeleras o lugares habilitados.
3. Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro a toda persona ajena
al programa. Si algún familiar necesita localizar a algún alumno/a de este programa basta
con preguntar en las oficinas por la persona que se busca y se le facilitará la comunicación.
4. El uso del móvil en las horas de clase queda totalmente prohibido. Si algún alumno/a
necesita estar localizable durante ese periodo de tiempo, por algún motivo especial, puede
llamar al teléfono del centro y se le pasará la comunicación.
5. No comer en el aula durante la impartición de clases.
6
Cód.
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Miércoles, 22 de noviembre de 2023
N.º 0222
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