Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serrejón. (BOP-2023-6916)
BOP-2023-6916 Aprobación Plan Medidas Antifraude.
42 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de SERREJÓN
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
ENCARGOS A MEDIOS PROPIOS
BANDERAS ROJAS CONTROLES PROPUESTOS
Falta de justificación del encargo a medios propios
Inexistencia de procedimientos para
llevar a cabo los encargos a medios
propios.
Disponer de procedimientos internos que establezcan
competencias, requisitos, funciones y actuaciones en las
diferentes fases del encargo a medios propios, y verificar su
cumplimiento.
Estos procedimientos deben incluir la planificación de los
encargos a medios propios a realizar durante el ejercicio teniendo
en cuenta documentos o estudios que justifiquen la idoneidad del
encargo, con el fin de evitar la infrautilización de los propios
medios materiales y personales del órgano que realiza el encargo,
la pérdida del control directo de la actividad que se encarga y la
descapitalización de su personal especializado.
Justificación insuficiente del recurso al
encargo a medio propio.
Fundamentar detalladamente en la memoria justificativa las causas
por las que se considera que el encargo al medio propio es el
instrumento jurídico más adecuado y eficiente.
Verificar que esta justificación está adecuadamente fundamentada,
con aportación de documentos que la apoyen.
Ejecución de forma paralela de
actividades semejantes con recursos
propios o de actividades recurrentes
que se repiten cada año.
Existencia clara de recursos
infrautilizados que podrían destinarse
a los proyectos o actuaciones incluidas
en el encargo al medio propio.
Falta de justificación de las
necesidades a cubrir y del objeto del
encargo.
Comprobar que se determinan de forma clara en el expediente las
necesidades a cubrir, el objeto del encargo y las prestaciones a
ejecutar, en la medida que la falta de esa concreción impide o
dificulta seriamente la correcta definición de los componentes de
las prestaciones y supone una seria limitación a la hora de fijar
adecuadamente la retribución del encargo, lo que conlleva
diferentes riesgos.
Incumplimiento por el medio propio de los requisitos para serlo
El medio propio no cumple los
requisitos para serlo.
Establecer procedimientos internos de selección de medio propio
que contengan información actualizada sobre la condición de
medio propio de las entidades con el cumplimiento de todos los
requisitos legales, tarifas aprobadas, comparativa de tarifas y
evaluaciones de la ejecución (sobre todo, subcontratación) de
encargos anteriores.
Verificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos.
El medio propio no figura publicado en
la Plataforma de Contratación.
Incluir en los procedimientos internos de selección de medio propio
la verificación de la publicidad del medio propio, con la información
exigida en la LCSP, en la Plataforma de Contratación
correspondiente, y comprobar que se lleva a cabo esa verificación.
Falta de justificación en la selección del medio propio
CVE:
BOP-2023-6916
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
Pág. 29549
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
ENCARGOS A MEDIOS PROPIOS
BANDERAS ROJAS CONTROLES PROPUESTOS
Falta de justificación del encargo a medios propios
Inexistencia de procedimientos para
llevar a cabo los encargos a medios
propios.
Disponer de procedimientos internos que establezcan
competencias, requisitos, funciones y actuaciones en las
diferentes fases del encargo a medios propios, y verificar su
cumplimiento.
Estos procedimientos deben incluir la planificación de los
encargos a medios propios a realizar durante el ejercicio teniendo
en cuenta documentos o estudios que justifiquen la idoneidad del
encargo, con el fin de evitar la infrautilización de los propios
medios materiales y personales del órgano que realiza el encargo,
la pérdida del control directo de la actividad que se encarga y la
descapitalización de su personal especializado.
Justificación insuficiente del recurso al
encargo a medio propio.
Fundamentar detalladamente en la memoria justificativa las causas
por las que se considera que el encargo al medio propio es el
instrumento jurídico más adecuado y eficiente.
Verificar que esta justificación está adecuadamente fundamentada,
con aportación de documentos que la apoyen.
Ejecución de forma paralela de
actividades semejantes con recursos
propios o de actividades recurrentes
que se repiten cada año.
Existencia clara de recursos
infrautilizados que podrían destinarse
a los proyectos o actuaciones incluidas
en el encargo al medio propio.
Falta de justificación de las
necesidades a cubrir y del objeto del
encargo.
Comprobar que se determinan de forma clara en el expediente las
necesidades a cubrir, el objeto del encargo y las prestaciones a
ejecutar, en la medida que la falta de esa concreción impide o
dificulta seriamente la correcta definición de los componentes de
las prestaciones y supone una seria limitación a la hora de fijar
adecuadamente la retribución del encargo, lo que conlleva
diferentes riesgos.
Incumplimiento por el medio propio de los requisitos para serlo
El medio propio no cumple los
requisitos para serlo.
Establecer procedimientos internos de selección de medio propio
que contengan información actualizada sobre la condición de
medio propio de las entidades con el cumplimiento de todos los
requisitos legales, tarifas aprobadas, comparativa de tarifas y
evaluaciones de la ejecución (sobre todo, subcontratación) de
encargos anteriores.
Verificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos.
El medio propio no figura publicado en
la Plataforma de Contratación.
Incluir en los procedimientos internos de selección de medio propio
la verificación de la publicidad del medio propio, con la información
exigida en la LCSP, en la Plataforma de Contratación
correspondiente, y comprobar que se lleva a cabo esa verificación.
Falta de justificación en la selección del medio propio
CVE:
BOP-2023-6916
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de noviembre de 2023
N.º 0219
Pág. 29549