Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-6844)
BOP-2023-6844 Aprobación definitiva modificación Estatutos Consorcio MásMedio.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
ESTATUTOS DEL CONSORCIO MÁSMEDIO
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
2.- El mandato de todos los miembros de la Junta General será de cuatro años, coincidiendo con el mandato
de las Corporaciones Locales y, en todo caso, cesará cuando pierdan la cualidad de miembros de la
Corporación respectiva.
3.- Asimismo, serán miembros de la Junta General, actuando con voz pero sin voto:
- El gerente del consorcio.
- El Secretario/a o el funcionario/a en el que se haya producido la oportuna delegación administrativa.
- El responsable del control y fiscalización interna y la tesorería del consorcio.
4.- Son atribuciones de la Junta General:
a) La aprobación del programa anual, con la especificación de los servicios a establecer o suprimir y la
determinación de las formas o sistemas de gestión de los mismos.
b) La aprobación de los presupuestos, los cuales deberán ser integrados en los de la Excma. Diputación
Provincial de Cáceres, cuentas y cualquier otra clase de compromiso.
c) Acordar la separación de las entidades consorciadas y determinación de la cuota de separación.
d) La modificación de los estatutos del consorcio.
e) Acordar la disolución del consorcio.
f) La aprobación la relación de puestos de trabajo.
g) Fiscalizar la actuación de todos los órganos de gobierno y de ejecución del consorcio.
h) Delegar en el Presidente o Vicepresidente cuantas atribuciones de las enumeradas anteriormente
estime conveniente para la buena gestión del consorcio.
Artículo 15. El Gerente del Consorcio.
Corresponde al Presidente, oído el Consejo de Administración, designar al/la Director/a Gerente del
consorcio, quien deberá poseer titulación y conocimientos acordes con el cargo, y llevará a cabo labores de
coordinación y dinamización.
El puesto de gerente del consorcio, será provisto indistintamente mediante adscripción entre funcionarios
públicos o mediante contratación laboral.
1.- El/la gerente del consorcio tendrá, además de las funciones que como personal directivo le
corresponden conforme al Reglamento Orgánico de la Diputación de Cáceres, las siguientes funciones:
a) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos que le hayan sido confiados a su ejecución por los órganos de
gobierno del consorcio.
b) Asistir a las reuniones de los órganos colegiados del consorcio, con voz pero sin voto.
c) Elaborar una memoria de gestión anual del consorcio, que someterá a estudio y aprobación de la Junta
General dentro del primer semestre de cada año.
d) Organizar y controlar los servicios técnicos y administrativos. Coordinar el desarrollo de las tareas de
gestión y ejecución de las actividades del consorcio.
e) Dirigir e inspeccionar los servicios y actividades del consorcio, decidiendo cuanto sea preciso para el
más eficaz cumplimiento de las funciones asignadas.
f) Las demás funciones de gestión que le sean encomendadas o delegadas por los órganos de gobierno del
consorcio.
Artículo 16. Ejercicio de funciones públicas necesarias.
La responsabilidad administrativa del ejercicio de funciones públicas necesarias de fe pública y
asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y
presupuestaria, así como las de contabilidad y tesorería, se ejercerá por cualquier funcionario/a de carrera,
tanto de la escala de administración general como de la escala de administración especial, siempre que sea
CVE:
BOP-2023-6844
Verificable
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Jueves, 16 de noviembre de 2023
N.º 0218
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