Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-6844)
BOP-2023-6844 Aprobación definitiva modificación Estatutos Consorcio MásMedio.
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
ESTATUTOS DEL CONSORCIO MÁSMEDIO
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
del Presidente.
6.- Las votaciones serán secretas a solicitud de cualquier miembro y previo acuerdo de la mayoría absoluta
de los miembros presentes en la sesión.
Artículo 27. Actas de la sesión.
1.- De cada sesión se levantará un acta, que se llevará al libro de actas del consorcio.
2.- En cada acta constarán los siguientes extremos:
a) Lugar, hora, día, mes y año en que comienza la sesión.
b) Nombre y apellidos del Presidente y de todos los miembros asistentes, con indicación de su
representación, así como de los no asistentes que hubiesen excusado su presencia.
c) Carácter ordinario o extraordinario de la sesión, así como si se celebra en primera o segunda
convocatoria.
d) Asistencia del Secretario que da fe del acto, así como del responsable del control interno o los técnicos
que hayan asistido, e su caso.
e) Relación de asuntos tratados, con la parte dispositiva de los acuerdos que recaigan.
f) Votaciones que se hayan producido, especificándose la forma y su resultado.
g) Intervenciones sintetizadas que se hayan producido y cuantos incidentes deban constar a juicio del
Secretario o su Delegado/a o a petición de la parte interesado, debidamente extractadas.
h) Hora en que el Presidente levante la sesión.
Artículo 28. Acta de la sesión anterior.
1.- Al inicio de cada sesión el Secretario o su Delegado/a dará lectura del borrador del acta de la sesión
anterior a fin de proceder a su aprobación, debiendo adjuntar a la convocatoria la oportuna copia del
borrador.
2.- En ningún caso podrá modificarse el fondo de los asuntos tratados y solo cabrá subsanar los meros
errores materiales o de hecho.
CAPÍTULO IV: RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO
Artículo 29. Patrimonio.
1.- Los bienes de dominio público y privado que las entidades consorciadas adscriban al consorcio para el
cumplimiento de sus fines, conservarán su calificación originaria, llevándose a cabo dicha adscripción
mediante la cesión del uso de los mismos, en las condiciones que se establezcan en cada caso.
2.- El consorcio tendrá sobre las obras, los bienes y las instalaciones cedidas por sus miembros, facultades
de disposición limitadas a sus finalidades estatutarias.
3.- En el propio acuerdo de cesión se regularán los supuestos y condiciones en que el uso de las obras,
bienes e instalaciones adscritas revertirán a sus titulares.
4.- Los bienes que adscriba el consorcio para la prestación de los servicios revertirán cuando finalicen
dichos servicios, no pudiéndose incorporar ese patrimonio, ni su valor en la liquidación que se lleve a cabo.
5.- El consorcio podrá adquirir, poseer, gravar y enajenar sus bienes con arreglo a la normativa específica
de las Corporaciones Locales.
CVE:
BOP-2023-6844
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de noviembre de 2023
N.º 0218
Pág. 29094
LA0019135 – CONSORCIO MÁSMEDIO
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
del Presidente.
6.- Las votaciones serán secretas a solicitud de cualquier miembro y previo acuerdo de la mayoría absoluta
de los miembros presentes en la sesión.
Artículo 27. Actas de la sesión.
1.- De cada sesión se levantará un acta, que se llevará al libro de actas del consorcio.
2.- En cada acta constarán los siguientes extremos:
a) Lugar, hora, día, mes y año en que comienza la sesión.
b) Nombre y apellidos del Presidente y de todos los miembros asistentes, con indicación de su
representación, así como de los no asistentes que hubiesen excusado su presencia.
c) Carácter ordinario o extraordinario de la sesión, así como si se celebra en primera o segunda
convocatoria.
d) Asistencia del Secretario que da fe del acto, así como del responsable del control interno o los técnicos
que hayan asistido, e su caso.
e) Relación de asuntos tratados, con la parte dispositiva de los acuerdos que recaigan.
f) Votaciones que se hayan producido, especificándose la forma y su resultado.
g) Intervenciones sintetizadas que se hayan producido y cuantos incidentes deban constar a juicio del
Secretario o su Delegado/a o a petición de la parte interesado, debidamente extractadas.
h) Hora en que el Presidente levante la sesión.
Artículo 28. Acta de la sesión anterior.
1.- Al inicio de cada sesión el Secretario o su Delegado/a dará lectura del borrador del acta de la sesión
anterior a fin de proceder a su aprobación, debiendo adjuntar a la convocatoria la oportuna copia del
borrador.
2.- En ningún caso podrá modificarse el fondo de los asuntos tratados y solo cabrá subsanar los meros
errores materiales o de hecho.
CAPÍTULO IV: RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO
Artículo 29. Patrimonio.
1.- Los bienes de dominio público y privado que las entidades consorciadas adscriban al consorcio para el
cumplimiento de sus fines, conservarán su calificación originaria, llevándose a cabo dicha adscripción
mediante la cesión del uso de los mismos, en las condiciones que se establezcan en cada caso.
2.- El consorcio tendrá sobre las obras, los bienes y las instalaciones cedidas por sus miembros, facultades
de disposición limitadas a sus finalidades estatutarias.
3.- En el propio acuerdo de cesión se regularán los supuestos y condiciones en que el uso de las obras,
bienes e instalaciones adscritas revertirán a sus titulares.
4.- Los bienes que adscriba el consorcio para la prestación de los servicios revertirán cuando finalicen
dichos servicios, no pudiéndose incorporar ese patrimonio, ni su valor en la liquidación que se lleve a cabo.
5.- El consorcio podrá adquirir, poseer, gravar y enajenar sus bienes con arreglo a la normativa específica
de las Corporaciones Locales.
CVE:
BOP-2023-6844
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0218
Pág. 29094