Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ladrillar. (BOP-2023-6833)
BOP-2023-6833 Ordenanza Municipal reguladora de tenencia de animales de compañía y potencialmente peligrosos.
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MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA DE
ANIMALES DE COMPAÑÍA Y POTENCIALMENTE PELIGROSOS.
Extremadura.
— Venderlos a menores de dieciocho años y a incapacitados sin la
autorización de quienes tengan su patria potestad o custodia
— Ejercer la venta ambulante de los animales fuera de los mercados
ganaderos o ferias autorizadas.
— La posesión, exhibición, compraventa, cesión, circulación o cualquier otra
forma de transmisión de especies protegidas por los convenios internacionales
suscritos por España, sin los correspondientes permisos de importación expedidos
por las autoridades designadas por el Gobierno de la Nación para el cumplimiento
de lo expuesto en los citados convenios.
— Inculcarles la realización de pautas de comportamiento y aptitudes ajenas
e impropias de su condición o que impliquen trato vejatorio.
ARTÍCULO 5. Normas Comunes para todos los Animales de Compañía
Se permite la tenencia de animales de compañía en los domicilios
particulares; siempre y cuando la tenencia de estos animales no ocasione una
situación de peligro o incomodidad a los vecinos, a los ciudadanos o a los propios
animales.
Se prohíbe la estancia de animales en patios de comunidad de viviendas,
terrazas, azoteas o espacios comunes de los inmuebles o en espacios abiertos a
otras propiedades.
Los propietarios d los animales serán responsables de la suciedad derivada
de las deposiciones fecales de éstos, debiendo recoger los excrementos
depositados en la vía pública o en las zonas y elementos comunes de los inmuebles.
Evitarán asimismo las micciones en fachadas de edificios, sobre vehículos y/o en
mobiliario urbano.
Queda prohibida la entrada de animales en locales destinados a la
elaboración, venta, almacenamiento, transporte o manipulación de alimentos,
espectáculos públicos, piscinas y otros establecimientos o lugares análogos, así
como su traslado en medios de transporte públicos, estarán sometidos a la
normativa sanitaria correspondiente. Asimismo queda prohibida la entrada en
locales y espectáculos públicos.
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Cód.
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5LYG5REZS4LD5AMYFNFXCJ4E9
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electrónicamente
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esPublico
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Miércoles, 15 de noviembre de 2023
N.º 0217
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