Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Sierra de Gata. (BOP-2023-6821)
BOP-2023-6821 Bases de Selección de una plaza de Trabajador/a Social en el Servicio Social de Base de la Mancomunidad de Municipios de Sierra de Gata.
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lectivas.
La puntuación máxima alcanzable en el apartado de formación será de 2,00 puntos.
Los cursos se valorarán de la siguiente manera:
De 20 a 50 horas, 0,25 puntos por curso.
De 51 a 100 horas, 0,40 puntos por curso.
De 101 a 200 horas, 0,75 puntos por curso.
De 201 en adelante a 1,00 puntos por curso.
BASE SEXTA. Relación de aprobados/as.
La relación de aprobados/as se publicará en la página web de la Mancomunidad, tablón de
anuncios y Sede electrónica y se concederá un plazo de 3 días hábiles desde la publicación de
la misma a los efectos de subsanación de errores u omisiones, así como de presentación de
posibles reclamaciones de los/as interesados/as.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas atendiendo a los criterios establecidos en la base quinta.
Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones en su caso, el Tribunal dictará resolución
fijando la relación definitiva de aspirantes aprobados/as por su orden de puntuación. La
persona aspirante que obtenga la mayor puntuación será propuesta para su contratación en la
plaza convocada.
En caso de empate se dirimirá, en primer lugar, a favor de la persona con mayor puntuación en
el ejercicio tipo test. Si persiste el empate por sorteo.
El/la candidata/a propuesto/a deberá presentar en la Secretaría de esta Mancomunidad dentro
del plazo de 5 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del resultado final
del concurso, los documentos originales acreditativos de los requisitos que para formar parte
en la misma se exige en la convocatoria y que no se hubieran presentado con anterioridad. Si
dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no
presentara la documentación o no reuniera algunos de los requisitos exigidos, no podrá ser
contratado/a y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando formar parte en el concurso.
Dicha relación será elevada por el tribunal calificador a la Presidencia de esta Mancomunidad
con propuesta de candidato/a para la formalización del correspondiente nombramiento, que en
CVE:
BOP-2023-6821
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 14 de noviembre de 2023
N.º 0216
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