Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-6696)
BOP-2023-6696 Normas reguladoras Plan subvenciones Operadores TIC Mancomunidades Integrales de la Provincia 2024.
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total de la cantidad fijada como aportación de la Diputación en la relación de entidades beneficiarias,
tras la presentación de la correspondiente solicitud en el modelo facilitado.
4º. En ningún caso, la cantidad concedida podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con
subvenciones de otras administraciones públicas o entes públicos o privados, superen el coste efectivo
de la actividad.
5º. El abono se realizará una vez que la mancomunidad haya presentado completa y correctamente su
solicitud, como indicado en el apartado "Sistema de Tramitación" de esta NORMA TERCERA y, en
cualquier caso, la documentación que se le requiera a efectos de subsanación de la solicitud.
6º. La Diputación atenderá a las medidas de difusión pública precisas para garantizar la publicidad de la
presente ayuda económica.
7º. La Diputación de Cáceres pondrá a disposición de las entidades beneficiarias las presentes normas,
a los efectos de su debido conocimiento, así como los correspondientes documentos necesarios para la
tramitación de la ayuda en la dirección de la sede electrónica indicada a continuación.
SISTEMA DE TRAMITACIÓN
El presente Plan se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de
Cáceres.
La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es
El plazo para la presentación de la solicitud será de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la
publicación del extracto de estas normas reguladoras en el correspondiente Boletín Oficial de la Provincia.
De no proceder a la presentación de dicha solicitud en el plazo establecido se entenderá que la Entidad
desiste de su derecho a la percepción de la subvención que pudiera otorgársele.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la
sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros
procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la sede electrónica
de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente.
Cada fase cuenta con un formulario adaptado a la misma y un conjunto de documentación complementaria
o anexa. El formulario genera un documento resumen conteniendo los datos recabados en el mismo,
detalles de identificación del expediente, así como la huella digital de de cada documento aportado
garantizando la integridad de los mismos. Este documento resumen deberá ser firmado por la persona
solicitante garantizando de este modo la autenticidad y el no repudio del conjunto de documentación
presentada.
Esta regla se aplica de forma generalizada a toda la documentación de carácter técnico y
excepcionalmente, por las características del contenido del documento, podrá solicitarse la firma expresa de
algún documento, y que se identificará concretamente en la relación de documentación a presentar.
Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a cumplimentar en
las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser
obligatoriamente utilizados cuando así proceda.
CVE:
BOP-2023-6696
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 10 de noviembre de 2023
N.º 0214
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