Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2023-6651)
BOP-2023-6651 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, derivada del proceso extraordinario de estabilización y consolidación previsto en la Ley 20/2021.
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10.3. El tribunal elaborará la lista de puntuaciones definitivas, elevándola al Alcalde-Presidente,
junto con la propuesta de adjudicación de plazas en favor de los/as aspirantes que hubiesen
obtenido una puntuación más alta. Dicha propuesta tendrá carácter vinculante. La resolución
de adjudicación, junto con la lista de puntuaciones definitivas, será publicada en el BOP y en la
Sede Electrónica del Ayuntamiento.
DÉCIMO PRIMERA. Presentación de documentos.
1. En el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la resolución, los/as aspirantes a los
que se les hubiera adjudicado plaza deberán presentar en el Registro del Ayuntamiento la
siguiente documentación
a) Declaración jurada de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución Judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. Los/as nacionales de
otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación
equivalente ni haber sido sometidos/as a sanción disciplinaria o equivalente que impida,
en los mismos términos, el acceso a la función pública.
b) Declaración jurada de no hallarse incurso/a en ninguno de los supuestos de
incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran la condición
de funcionarios estarán exentos/as de justificar documentalmente las condiciones y
requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar
certificación de la Administración de quien dependan, acreditando cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
c) Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impidan el
ejercicio de ejercicio de las correspondientes funciones.
2. Transcurrido el plazo indicado, los/as aspirantes propuestos que no hubiesen presentado la
documentación correcta y completa, o no reuniesen los requisitos exigidos, serán tenidos por
desistidos/as en su derecho, procediendo la presidencia del Tribunal a formular propuesta a
favor de los/as aspirantes que figurasen a continuación en la lista de puntuación definitiva,
siguiéndose la misma tramitación descrita anteriormente para los inicialmente propuestos. Los
mismos trámites se seguirán en caso de renuncia.
CVE:
BOP-2023-6651
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de noviembre de 2023
N.º 0212
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