Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2023-6651)
BOP-2023-6651 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, derivada del proceso extraordinario de estabilización y consolidación previsto en la Ley 20/2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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3. A la vista de dicha propuesta, y con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las
plazas convocadas, el Alcalde-Presidente podrá nombrar como funcionario/a de carrera o
contratar como personal laboral, según corresponda, a las personas aspirantes que sigan, por
orden de prelación, a las personas propuestas inicialmente.
Transcurrido el plazo indicado, los/as aspirantes propuestos que no hubiesen presentado la
documentación correcta y completa, o no reuniesen los requisitos exigidos, serán tenidos/as
por desistidos/as en su derecho, procediendo la presidencia del Tribunal a formular propuesta a
favor de los/as aspirantes que figurasen a continuación en la lista de puntuación definitiva, y
siguiendo la misma tramitación descrita anteriormente.
DÉCIMO SEGUNDA. Nombramiento como Personal Laboral Fijo.
Comprobada la veracidad y adecuación de la documentación presentada, en su caso, por
los/as aspirantes propuestos/as, el Alcalde-Presidente resolverá el nombramiento como
personal laboral fijo a favor de aquellos/as aspirantes propuestos/as que, habiendo superado el
proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Los nombramientos personal laboral fijo se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
DÉCIMO TERCERA. Bolsa de Trabajo.
Los/as aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo con un mínimo de 30 puntos en
la fase de oposición, no hayan sido nombrados/as contratados/as pasarán a conformar una
bolsa de trabajo que tendrá prioridad en los llamamientos frente a cualquier otra bolsa
constituida en este Ayuntamiento.
En caso de llamamiento el/la aspirante dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles
desde el llamamiento para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de la
Base Tercera. En el supuesto de no presentarla en el indicado plazo, se entenderá que
rechaza la oferta y se situará al final de la bolsa.
DÉCIMO CUARTA. Impugnaciones.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa
podrá interponerse por las personas interesadas legitimadas recurso potestativo de reposición,
ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
CVE:
BOP-2023-6651
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de noviembre de 2023
N.º 0212
Pág. 28562
plazas convocadas, el Alcalde-Presidente podrá nombrar como funcionario/a de carrera o
contratar como personal laboral, según corresponda, a las personas aspirantes que sigan, por
orden de prelación, a las personas propuestas inicialmente.
Transcurrido el plazo indicado, los/as aspirantes propuestos que no hubiesen presentado la
documentación correcta y completa, o no reuniesen los requisitos exigidos, serán tenidos/as
por desistidos/as en su derecho, procediendo la presidencia del Tribunal a formular propuesta a
favor de los/as aspirantes que figurasen a continuación en la lista de puntuación definitiva, y
siguiendo la misma tramitación descrita anteriormente.
DÉCIMO SEGUNDA. Nombramiento como Personal Laboral Fijo.
Comprobada la veracidad y adecuación de la documentación presentada, en su caso, por
los/as aspirantes propuestos/as, el Alcalde-Presidente resolverá el nombramiento como
personal laboral fijo a favor de aquellos/as aspirantes propuestos/as que, habiendo superado el
proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Los nombramientos personal laboral fijo se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
DÉCIMO TERCERA. Bolsa de Trabajo.
Los/as aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo con un mínimo de 30 puntos en
la fase de oposición, no hayan sido nombrados/as contratados/as pasarán a conformar una
bolsa de trabajo que tendrá prioridad en los llamamientos frente a cualquier otra bolsa
constituida en este Ayuntamiento.
En caso de llamamiento el/la aspirante dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles
desde el llamamiento para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de la
Base Tercera. En el supuesto de no presentarla en el indicado plazo, se entenderá que
rechaza la oferta y se situará al final de la bolsa.
DÉCIMO CUARTA. Impugnaciones.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa
podrá interponerse por las personas interesadas legitimadas recurso potestativo de reposición,
ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
CVE:
BOP-2023-6651
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de noviembre de 2023
N.º 0212
Pág. 28562