Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2023-6651)
BOP-2023-6651 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, derivada del proceso extraordinario de estabilización y consolidación previsto en la Ley 20/2021.
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El plazo para presentar alegaciones y reclamaciones frente a las puntuaciones provisionales
será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la lista.
Si no se hubieran presentado alegaciones ni reclamaciones en dicho plazo, las puntuaciones
provisionales de esta lista provisional se entenderán automáticamente elevadas a definitivas,
sin necesidad de publicación conforme al párrafo siguiente.
Resueltas las alegaciones y reclamaciones, en su caso, el tribunal elaborará la lista de
puntuaciones definitivas, que se publicará en el BOP y la sede electrónica del Ayuntamiento.
NOVENA. Proceso selectivo y calificación.
9.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y una
vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres y en el Tablón de anuncios y bando móvil, y pagina web del
Ayuntamiento:
canamero.es
la relación de aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado.
9.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido
de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de
la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que
nombró al Tribunal.
9.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual
número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes seleccionados/as o cuando de la
documentación aportada por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos
exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de
alguno/a de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los/as aspirantes que sigan
a los/as propuestos/as para su posible nombramiento como funcionarios/as de carrera.
9.4. Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos/as que lo hubieran superado
CVE:
BOP-2023-6651
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de noviembre de 2023
N.º 0212
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