Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecilla de Los Ángeles. (BOP-2023-6651)
BOP-2023-6651 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, derivada del proceso extraordinario de estabilización y consolidación previsto en la Ley 20/2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- 0,10 puntos por cada actividad formativa realizada de menos de 10 horas o que no
especifique el número de horas, con un máximo de 1 punto.
- 0,25 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos, seminarios, Congresos
o Jornadas de 10 a 300 horas, con un máximo de 6 puntos. Se establece una
equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
- 0,50 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos, Seminarios, Congresos
o Jornadas formativas con una duración superior a 300 horas, con un máximo de 8
puntos. Se establece una equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará mediante la
presentación del certificado o diploma de asistencia con el contenido del programa oficial del
curso con indicación del número de horas lectivas. Se valorará una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (primera y segunda parte, nivel básico y
avanzado, etc.), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración. Cuando del
documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las funciones a
desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda siempre, y
exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma.
Si la duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de 5
horas por cada día que se acredite. Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la
equivalencia será de 10 horas por cada crédito.
8.4. Se valorará con 3 puntos poseer una titulación académica o profesional oficial, de nivel
igual o superior a la exigida en la convocatoria y distinta de la misma.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los/as aspirantes
mediante la presentación de documento original o copia auténtica del título de que se trate.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los/as aspirantes
mediante la presentación de documento original o copia auténtica del título correspondiente.
8.5. Puntuación de la fase de concurso: baremados los méritos conforme a las reglas
anteriores, se publicará lista con la puntuación provisional obtenida por cada uno de los/as
aspirantes, desglosada por cada uno de los subapartados contemplados en las presentes
bases.
CVE:
BOP-2023-6651
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de noviembre de 2023
N.º 0212
Pág. 28558
especifique el número de horas, con un máximo de 1 punto.
- 0,25 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos, seminarios, Congresos
o Jornadas de 10 a 300 horas, con un máximo de 6 puntos. Se establece una
equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
- 0,50 puntos por cada crédito en actividades formativas, cursos, Seminarios, Congresos
o Jornadas formativas con una duración superior a 300 horas, con un máximo de 8
puntos. Se establece una equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará mediante la
presentación del certificado o diploma de asistencia con el contenido del programa oficial del
curso con indicación del número de horas lectivas. Se valorará una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (primera y segunda parte, nivel básico y
avanzado, etc.), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración. Cuando del
documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las funciones a
desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda siempre, y
exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma.
Si la duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de 5
horas por cada día que se acredite. Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la
equivalencia será de 10 horas por cada crédito.
8.4. Se valorará con 3 puntos poseer una titulación académica o profesional oficial, de nivel
igual o superior a la exigida en la convocatoria y distinta de la misma.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los/as aspirantes
mediante la presentación de documento original o copia auténtica del título de que se trate.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los/as aspirantes
mediante la presentación de documento original o copia auténtica del título correspondiente.
8.5. Puntuación de la fase de concurso: baremados los méritos conforme a las reglas
anteriores, se publicará lista con la puntuación provisional obtenida por cada uno de los/as
aspirantes, desglosada por cada uno de los subapartados contemplados en las presentes
bases.
CVE:
BOP-2023-6651
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 8 de noviembre de 2023
N.º 0212
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