Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castañar de Ibor. (BOP-2023-6595)
BOP-2023-6595 Aprobación Ordenanza Escuela Infantil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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la correspondiente puntuación a cada solicitud de acuerdo con los siguientes criterios de
admisión:
a) Por cada hijo/a menor de 18 años, que conviva con la unidad familiar, contando al/a
solicitante: 2 puntos.
b) Por la existencia en la unidad familiar de algún/a miembro con discapacidad de 1 a 3
puntos según la siguiente tabla:
Entre 33% y 45%: 1 punto.
Entre 46% y 65%: 2 puntos.
Más de 65%: 3 puntos.
c) Por ser familia monoparental (soltero/a, viudo/a, divorciado/a): 4 puntos.
d) Por cada hermano/a que asista al Centro durante el mismo curso: 2 puntos.
Situación laboral:
Únicamente se valorará una de las situaciones siguientes:
Ambos progenitores trabajan a jornada completa: 10 puntos.
Uno/a trabaja a jornada completa y el/a otro/a más de media jornada: 9 puntos.
Uno/a trabaja a jornada completa y el/a otro/a a media jornada: 8 puntos.
Ambos progenitores trabajan media jornada: 6 puntos.
Ambos progenitores trabajan, pero uno/a por horas (inferior a media jornada): 4 puntos.
Ambos progenitores trabajan por horas (inferior a media jornada): 2 puntos.
Aquellas personas que no acrediten documentalmente su jornada se computarán como
trabajadores/as por horas.
Situación económica; desempates.
Los empates en puntuación para la admisión se resolverán en base a la menor renta per cápita
de cada solicitante.
Elaborada y publicada la lista provisional, se abrirá el oportuno período de reclamación.
Una vez resueltas las reclamaciones presentadas y/o transcurrido el plazo establecido al
efecto, se elaborará la lista definitiva de alumnos/as admitidos/as, y en su caso, la lista de
reservas, que se publicará en la Escuela Infantil y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento,
CVE:
BOP-2023-6595
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
Pág. 28353
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la correspondiente puntuación a cada solicitud de acuerdo con los siguientes criterios de
admisión:
a) Por cada hijo/a menor de 18 años, que conviva con la unidad familiar, contando al/a
solicitante: 2 puntos.
b) Por la existencia en la unidad familiar de algún/a miembro con discapacidad de 1 a 3
puntos según la siguiente tabla:
Entre 33% y 45%: 1 punto.
Entre 46% y 65%: 2 puntos.
Más de 65%: 3 puntos.
c) Por ser familia monoparental (soltero/a, viudo/a, divorciado/a): 4 puntos.
d) Por cada hermano/a que asista al Centro durante el mismo curso: 2 puntos.
Situación laboral:
Únicamente se valorará una de las situaciones siguientes:
Ambos progenitores trabajan a jornada completa: 10 puntos.
Uno/a trabaja a jornada completa y el/a otro/a más de media jornada: 9 puntos.
Uno/a trabaja a jornada completa y el/a otro/a a media jornada: 8 puntos.
Ambos progenitores trabajan media jornada: 6 puntos.
Ambos progenitores trabajan, pero uno/a por horas (inferior a media jornada): 4 puntos.
Ambos progenitores trabajan por horas (inferior a media jornada): 2 puntos.
Aquellas personas que no acrediten documentalmente su jornada se computarán como
trabajadores/as por horas.
Situación económica; desempates.
Los empates en puntuación para la admisión se resolverán en base a la menor renta per cápita
de cada solicitante.
Elaborada y publicada la lista provisional, se abrirá el oportuno período de reclamación.
Una vez resueltas las reclamaciones presentadas y/o transcurrido el plazo establecido al
efecto, se elaborará la lista definitiva de alumnos/as admitidos/as, y en su caso, la lista de
reservas, que se publicará en la Escuela Infantil y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento,
CVE:
BOP-2023-6595
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de noviembre de 2023
N.º 0211
Pág. 28353