Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-6303)
BOP-2023-6303 Subvenciones destinadas a las Asociaciones que desarrollen actividades a favor de las mujeres y de la igualdad de género para el año 2023.
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para hacer frente al gasto total que supone dicha convocatoria.
TERCERA. ASOCIACIONES BENEFICIARIAS.
Podrán concurrir a la siguiente convocatoria las Asociaciones que lleven a cabo actividades a
favor de las mujeres y de la efectiva implantación de la igualdad de género y que reúnan las
siguientes condiciones:
a) Que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de
Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento en el momento de la aprobación de la presente
Convocatoria.
b) Que formen parte del Consejo Municipal de la Mujer, en el momento de la aprobación
de la presente Convocatoria.
c) Que su ámbito de actuación sea el del término municipal de Plasencia.
d) Que hayan presentado justificación de gastos y memorias correspondientes a las
subvenciones recibida con anterioridad por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
e) Que no estén incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las asociaciones o entidades solicitantes deberán ejecutar de forma directa y por sí mismas los
proyectos subvencionados.
CUARTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Para solicitar la subvención, será necesario presentar la documentación que a continuación se
relaciona:
Deberá presentarse solicitud firmada por la persona que ostente la presidencia de la
Asociación, a la que habrá de acompañarse:
Fotocopia compulsada del N.I.F. de la Asociación (n.º de identificación fiscal), y del D.N.I
de su representante.
Presupuesto de gastos de funcionamiento.
Certificado del/a Secretario/a de la Junta Directiva de la Asociación, que acredite que
quien firma la solicitud es el/la representante legal de la misma y que tiene capacidad
para realizar tal acto.
Certificado expedido por el/la secretario/a de la asociación del número de personas
CVE:
BOP-2023-6303
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de octubre de 2023
N.º 0202
Pág. 27403
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para hacer frente al gasto total que supone dicha convocatoria.
TERCERA. ASOCIACIONES BENEFICIARIAS.
Podrán concurrir a la siguiente convocatoria las Asociaciones que lleven a cabo actividades a
favor de las mujeres y de la efectiva implantación de la igualdad de género y que reúnan las
siguientes condiciones:
a) Que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de
Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento en el momento de la aprobación de la presente
Convocatoria.
b) Que formen parte del Consejo Municipal de la Mujer, en el momento de la aprobación
de la presente Convocatoria.
c) Que su ámbito de actuación sea el del término municipal de Plasencia.
d) Que hayan presentado justificación de gastos y memorias correspondientes a las
subvenciones recibida con anterioridad por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
e) Que no estén incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las asociaciones o entidades solicitantes deberán ejecutar de forma directa y por sí mismas los
proyectos subvencionados.
CUARTA. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Para solicitar la subvención, será necesario presentar la documentación que a continuación se
relaciona:
Deberá presentarse solicitud firmada por la persona que ostente la presidencia de la
Asociación, a la que habrá de acompañarse:
Fotocopia compulsada del N.I.F. de la Asociación (n.º de identificación fiscal), y del D.N.I
de su representante.
Presupuesto de gastos de funcionamiento.
Certificado del/a Secretario/a de la Junta Directiva de la Asociación, que acredite que
quien firma la solicitud es el/la representante legal de la misma y que tiene capacidad
para realizar tal acto.
Certificado expedido por el/la secretario/a de la asociación del número de personas
CVE:
BOP-2023-6303
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de octubre de 2023
N.º 0202
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