Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-6303)
BOP-2023-6303 Subvenciones destinadas a las Asociaciones que desarrollen actividades a favor de las mujeres y de la igualdad de género para el año 2023.
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inscritas en la asociación. (modelo incluido en los anexos de la convocatoria).
Proyecto de actividades a desarrollar por la Asociación durante el año. El proyecto
deberá estar cuantificado y presupuestado.
Declaración responsable, otorgada ante autoridad administrativa o notaría pública, y
suscrita por la persona que ostente la presidencia de la Asociación o Entidad, en el que
se haga constar que la misma no se halla incursa en ninguna de las circunstancias
recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones, así como que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad social, impuestas por las disposiciones
vigentes.
Fotocopias compulsadas del Libro de Actas, donde figure el nombramiento de la Junta
Directiva y resumen previsto de ingresos y gastos de la Asociación durante el año a
subvencionar.
Documentación justificativa de la aplicación dada a las subvenciones concedidas por el
Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, en el ejercicio anterior.
QUINTA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro General del Excmo.
Ayuntamiento de Plasencia de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de veinte días hábiles a contar
desde el siguiente a la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde
del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
Las asociaciones o entidades interesadas podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en
la página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones dependiente de la Intervención
General del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan la
documentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá a la persona interesada para
que subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10
días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a de su solicitud.
SEXTA. PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN.
El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General de
Subvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regula
el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo.
Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006.
CVE:
BOP-2023-6303
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de octubre de 2023
N.º 0202
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