Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Moheda (E.L.M.). (BOP-2023-6229)
BOP-2023-6229 Aprobación definitiva Reglamento del servicio de Ayuda a Domicilio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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·A los efectos del cómputo de las horas mensuales de atención asignadas a las personas
usuarias, no se tendrá en cuenta el tiempo transcurrido en los desplazamientos entre los
distintos domicilios de éstos, ni el que se dedique a funciones de coordinación, control o
cualesquiera otra que no suponga la atención directa a las personas usuarias.
Artículo 10.- Régimen de incompatibilidades.
·La prestación de la ayuda a domicilio será incompatible con otros servicios o prestaciones de
análogo contenido reconocidos por cualquier entidad pública o privada financiada con fondos
públicos.
·Quedará exceptuado de dicha incompatibilidad el subsidio por ayuda a tercera persona de la
Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos.
·El/la Trabajador/a Social decidirá si la ayuda es o no compatible con los otros servicios o
prestaciones, a la vista de la normativa Estatal, Autonómica, que le sea de aplicación.
Artículo 11.- Derechos y obligaciones de los usua rios/as.
1.- Son derechos de los/as usuarios/as:
·Ser atendidos con respeto a su persona e intimidad.
·Tener información detallada y puntual de la forma en que se prestará el servicio:
o Tipo de servicio o atenciones que se le van a prestar.
o Número de horas.
o Horario.
o Auxiliar que realiza la tarea…
·Tener igualmente información detallada y puntual sobre cualquier cambio que se
produzca en los aspectos anteriormente señalados.
·Ser atendido/a con la eficacia precisa.
·Presentar quejas o reclamaciones ante el Ayuntamiento o Trabajador/a Social en caso
de conflicto o incumplimiento en alguno de los términos en que se concedió el servicio.
2.- Son obligaciones de los/as usuarios/as:
·Respetar las condiciones y los términos en que se le ha concedido la prestación del
servicio, facilitando la labor de los distintos profesionales.
CVE:
BOP-2023-6229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de octubre de 2023
N.º 0199
Pág. 27139
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·A los efectos del cómputo de las horas mensuales de atención asignadas a las personas
usuarias, no se tendrá en cuenta el tiempo transcurrido en los desplazamientos entre los
distintos domicilios de éstos, ni el que se dedique a funciones de coordinación, control o
cualesquiera otra que no suponga la atención directa a las personas usuarias.
Artículo 10.- Régimen de incompatibilidades.
·La prestación de la ayuda a domicilio será incompatible con otros servicios o prestaciones de
análogo contenido reconocidos por cualquier entidad pública o privada financiada con fondos
públicos.
·Quedará exceptuado de dicha incompatibilidad el subsidio por ayuda a tercera persona de la
Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos.
·El/la Trabajador/a Social decidirá si la ayuda es o no compatible con los otros servicios o
prestaciones, a la vista de la normativa Estatal, Autonómica, que le sea de aplicación.
Artículo 11.- Derechos y obligaciones de los usua rios/as.
1.- Son derechos de los/as usuarios/as:
·Ser atendidos con respeto a su persona e intimidad.
·Tener información detallada y puntual de la forma en que se prestará el servicio:
o Tipo de servicio o atenciones que se le van a prestar.
o Número de horas.
o Horario.
o Auxiliar que realiza la tarea…
·Tener igualmente información detallada y puntual sobre cualquier cambio que se
produzca en los aspectos anteriormente señalados.
·Ser atendido/a con la eficacia precisa.
·Presentar quejas o reclamaciones ante el Ayuntamiento o Trabajador/a Social en caso
de conflicto o incumplimiento en alguno de los términos en que se concedió el servicio.
2.- Son obligaciones de los/as usuarios/as:
·Respetar las condiciones y los términos en que se le ha concedido la prestación del
servicio, facilitando la labor de los distintos profesionales.
CVE:
BOP-2023-6229
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de octubre de 2023
N.º 0199
Pág. 27139