Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2023-6060)
BOP-2023-6060 Pliego de cláusulas administrativas arriendo bien patrimonial.
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CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o
proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los/as candidatos/as o licitadores/as.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al
de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Obligaciones del/a Arrendatario/a.
El/la arrendatario/a estará obligado a:
—Utilizar el inmueble para destinarlo a una actividad agrícola o ganadera compatible con su
uso, conforme a su propia naturaleza.
—Solicitar las licencias y autorizaciones que sean pertinentes para el desarrollo de su
actividad, no pudiéndose ejercer ésta en el caso de que la autorización sea preceptiva.
—Abonar la renta anual en el plazo de 7 días desde la formalización del contrato, y en la
misma fecha en la anualidad siguiente.
—Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y a los/as
habitantes de los Municipios colindantes.
—No superar los límites de la explotación.
—Solicitar autorización para la apertura de caminos y pistas de acceso a la explotación,
abonando en su caso los gastos que se deriven de ellos.
—Finalizada la actividad, eliminar la totalidad de instalaciones utilizadas para llevar a cabo ésta
y efectuar las reposiciones oportunas.
CLÁUSULAS DECIMOQUINTA. Obligaciones del Ayuntamiento.
Serán obligaciones del/la arrendador/a:
CVE:
BOP-2023-6060
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de octubre de 2023
N.º 0193
Pág. 26718
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o
proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los/as candidatos/as o licitadores/as.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al
de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Obligaciones del/a Arrendatario/a.
El/la arrendatario/a estará obligado a:
—Utilizar el inmueble para destinarlo a una actividad agrícola o ganadera compatible con su
uso, conforme a su propia naturaleza.
—Solicitar las licencias y autorizaciones que sean pertinentes para el desarrollo de su
actividad, no pudiéndose ejercer ésta en el caso de que la autorización sea preceptiva.
—Abonar la renta anual en el plazo de 7 días desde la formalización del contrato, y en la
misma fecha en la anualidad siguiente.
—Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y a los/as
habitantes de los Municipios colindantes.
—No superar los límites de la explotación.
—Solicitar autorización para la apertura de caminos y pistas de acceso a la explotación,
abonando en su caso los gastos que se deriven de ellos.
—Finalizada la actividad, eliminar la totalidad de instalaciones utilizadas para llevar a cabo ésta
y efectuar las reposiciones oportunas.
CLÁUSULAS DECIMOQUINTA. Obligaciones del Ayuntamiento.
Serán obligaciones del/la arrendador/a:
CVE:
BOP-2023-6060
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 10 de octubre de 2023
N.º 0193
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