Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-6056)
BOP-2023-6056 Convocatoria y Bases para la provisión de una plaza de Técnico/a en Administración General (TAG) mediante concurso-oposición, por el turno libre, vacante en la plantilla de funcionario/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Plaza Mayor, 30. Tlfs. 927 275003 – 927 275201 – Fax 927 276174
10910 MALPARTIDA DE CACERES (CACERES)
alcaldia@malpartidadecaceres.es – administracion@malpartidadecaceres.es
www.malpartidadecaceres.es
8.3 El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios en los que no puedan actuar
conjuntamente, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W»,
atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes
admitidos, todo ello conforme a la Resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría de
Estado de Función Pública (B.O.E. núm. 180, de 29 de julio de 2023).
8.4 El órgano técnico de selección podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para
que acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI, NIE, o en
defecto de éste, de otro documento oficial que acredite su identidad.
NOVENA.- FASE DE OPOSICIÓN. Máximo 90 puntos (90% del proceso)
9.1 Esta fase constará de dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios, y se valorará con un
máximo de 30 puntos el primero de ellos y 60 puntos el segundo, debiendo obtener, al
menos la mitad de puntuación en cada uno de ellos, para superarlos.
Primer ejercicio: Consistirá en la resolución de un cuestionario tipo test en el tiempo que
determine el órgano técnico de selección, sobre las materias relacionadas en la parte
CONOCIMIENTOS GENERALES del temario Anexo (temas 1 a 38 inclusive).
El test constará de 60 cuestiones más 5 de reserva, con cuatro respuestas alternativas, de
las cuales sólo una será la correcta. Cada acierto se valorará con 0,50 puntos. Por cada
dos respuestas erróneas se penalizará un acierto. Las preguntas no contestadas, no
penalizarán. El tiempo será determinado por el Tribunal, siendo como mínimo de 1 hora.
Pasarán a realizar el segundo ejercicio, únicamente aquellos aspirantes que hayan
superado, con carácter definitivo, este cuestionario.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, con espacio acotado (folio
A4 por una cara), de cinco preguntas teóricas planteadas por el Tribunal de entre los
contenidos de la parte CONOCIMIENTO ESPECÍFICOS del temario Anexo (temas 39
a 90 inclusive), en un tiempo máximo de dos horas. Para su realización no se podrán
utilizar textos legales.
Se valorará en este ejercicio la precisión, el rigor en el planteamiento, la claridad de
ideas, la capacidad de expresión escrita y la legibilidad de lo escrito.
Cada pregunta correctamente contestada se valorará con un máximo de 12 puntos, siendo
necesario obtener una puntuación mínima de 30 puntos, para su superación.
9.2 La calificación de cada aspirante en el ejercicio segundo se adoptará sumando las
puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del órgano técnico de selección y
dividiendo el total por el número de miembros asistentes, eliminando en todo caso las
puntuaciones máximas y mínimas, cuando entre estas exista una diferencia igual o superior
a 2 puntos.
9.3La corrección y calificación de los ejercicios escritos, se realizará de forma anónima,
utilizándose para ello sistemas que garanticen la objetividad de las puntuaciones otorgadas
y el anonimato de los aspirantes.
Cód.
Validación:
495ZFPSC4L75FR7WYXCMJRD63
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
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N.º 0193
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8.3 El orden de actuación de los aspirantes, en los ejercicios en los que no puedan actuar
conjuntamente, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W»,
atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes
admitidos, todo ello conforme a la Resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría de
Estado de Función Pública (B.O.E. núm. 180, de 29 de julio de 2023).
8.4 El órgano técnico de selección podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento para
que acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos del DNI, NIE, o en
defecto de éste, de otro documento oficial que acredite su identidad.
NOVENA.- FASE DE OPOSICIÓN. Máximo 90 puntos (90% del proceso)
9.1 Esta fase constará de dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios, y se valorará con un
máximo de 30 puntos el primero de ellos y 60 puntos el segundo, debiendo obtener, al
menos la mitad de puntuación en cada uno de ellos, para superarlos.
Primer ejercicio: Consistirá en la resolución de un cuestionario tipo test en el tiempo que
determine el órgano técnico de selección, sobre las materias relacionadas en la parte
CONOCIMIENTOS GENERALES del temario Anexo (temas 1 a 38 inclusive).
El test constará de 60 cuestiones más 5 de reserva, con cuatro respuestas alternativas, de
las cuales sólo una será la correcta. Cada acierto se valorará con 0,50 puntos. Por cada
dos respuestas erróneas se penalizará un acierto. Las preguntas no contestadas, no
penalizarán. El tiempo será determinado por el Tribunal, siendo como mínimo de 1 hora.
Pasarán a realizar el segundo ejercicio, únicamente aquellos aspirantes que hayan
superado, con carácter definitivo, este cuestionario.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, con espacio acotado (folio
A4 por una cara), de cinco preguntas teóricas planteadas por el Tribunal de entre los
contenidos de la parte CONOCIMIENTO ESPECÍFICOS del temario Anexo (temas 39
a 90 inclusive), en un tiempo máximo de dos horas. Para su realización no se podrán
utilizar textos legales.
Se valorará en este ejercicio la precisión, el rigor en el planteamiento, la claridad de
ideas, la capacidad de expresión escrita y la legibilidad de lo escrito.
Cada pregunta correctamente contestada se valorará con un máximo de 12 puntos, siendo
necesario obtener una puntuación mínima de 30 puntos, para su superación.
9.2 La calificación de cada aspirante en el ejercicio segundo se adoptará sumando las
puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del órgano técnico de selección y
dividiendo el total por el número de miembros asistentes, eliminando en todo caso las
puntuaciones máximas y mínimas, cuando entre estas exista una diferencia igual o superior
a 2 puntos.
9.3La corrección y calificación de los ejercicios escritos, se realizará de forma anónima,
utilizándose para ello sistemas que garanticen la objetividad de las puntuaciones otorgadas
y el anonimato de los aspirantes.
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