Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2023-6012)
BOP-2023-6012 Aprobación definitiva del Reglamento Regulador de la Agrupación de Voluntarios/as de Protección Civil.
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Ayuntamiento de Perales del Puerto
Ayuntamiento de Perales del Puerto
Avda Sierra de Gata, 12, Perales del Puerto. 10896 (Cáceres). Tfno. 927514164. Fax: 927514291
Artículo 4.- Objetivos de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de
Perales del Puerto.
1.- Configurar una estructura dirigida por la Corporación Municipal, sobre la base de los
recursos públicos y a la colaboración de entidades privadas y de los ciudadanos, para el
estudio y prevención de situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad
pública, así como, colaborar en la protección y socorro de las personas y los bienes
cuando dichas situaciones se produzcan.
2.- Colaborar para garantizar la coordinación preventiva y operativa, mediante la
participación en la realización de actividades que permitan evitar las situaciones de
grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, reducir sus efectos, reparar los
daños y, en su caso, contribuir a corregir las causas productoras de los mismos.
3.- La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil podrá ser utilizada como apoyo
auxiliar en tareas preventivas y de intervención, en situaciones de emergencia, como
accidentes o siniestros, siempre bajo la supervisión y mando del responsable del
operativo preventivo o de intervención.
4.- Participar en los operativos preventivos en los diferentes eventos y actividades
públicas o privadas, que desarrollados en espacios o edificios públicos requieran de su
participación. Esta participación se entenderá siempre dentro de la capacidad y
disponibilidad de recursos de la Agrupación, no suponiendo este párrafo la generación
de obligación alguna, sobre todo respecto de aquellos eventos o actividades de
titularidad privada.
5.- La formación del ciudadano en materia de protección civil mediante los planes
formativos específicos que se establezcan desde el Ayuntamiento de Perales del Puerto
y de la Junta de Extremadura. y otros órganos.
Artículo 5. Régimen Jurídico
La organización y el funcionamiento de la Agrupación se regirá por lo establecido en el
presente Reglamento, así como por lo establecido en la legislación vigente y en
particular en las siguientes normas:
 Ley 17/15, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local modificada
por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del
gobierno local.
 Ley 1/1998, de 5 de febrero, reguladora del Voluntariado Social en Extremadura.
 Decreto 43/2009, de 6 de marzo, por el que se regula el estatuto del
voluntariado social extremeño, modificado por el Decreto 160/2016, de 27 de
septiembre.
 Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
El Ayuntamiento de Perales del Puerto, estará obligado a adecuar el presente
Reglamento a cualquier norma de ámbito nacional o autonómico que regule materias
relacionadas con el presente reglamento.
CAPITULO II: RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN Y CESE DE LOS VOLUNTARIOS EN
LA AGRUPACIÓN
Sección 1.ª: Incorporación
Art. 6.º Incorporación.
1.- La colaboración voluntaria y por tiempo determinado de los ciudadanos a la
protección civil municipal se llevará a cabo mediante la incorporación de los mismos a la
Agrupación en los términos previstos en el presente Reglamento.
Cód.
Validación:
4X9F45NNMTSQLFRG645PZP6KE
Verificación:
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Viernes, 6 de octubre de 2023
N.º 0191
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