Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-5596)
BOP-2023-5596 Bases y Convocatoria para la constitución de una Bolsa de Trabajo de Oficial de 1ª del Centro Especial de Empleo "El Madroño."
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CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO “EL MADROÑO”
Q-1000513-J
Calle Real s/n, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
1. Antigüedad en la demanda de empleo: por cada mes, 0,25
puntos, hasta un máximo de 3 puntos, No se tomará en cuenta los
contratos realizados inferiores a tres meses, se cotejara por la vida
laboral de solicitante, si se tendrá en cuenta si el periodo
interrumpido es por olvido o no renovación de la tarjeta de demanda,
que de igual modo se comprobara en la vida laboral al no reflejarse
ningún contrato laboral que coincidan en esas fechas.
2. Experiencia: por cada mes de experiencia en un puesto relacionado
al ofertado, siendo peón agrario, peón servicios múltiples: 0,50
puntos por cada seis meses trabajados, hasta un máximo de 3
puntos.
3. Por no percibir prestación ni subsidio por desempleo, ni
pensión (el solicitante): 3 puntos, se comprobará mediante los
certificados presentados y mediante el informe del trabajador social
de SSB de Madroñera.
4. No tener ningún tipo de ingreso la unidad familiar, se tendrá en
cuenta el certificado de convivencia del Ayuntamiento: 2,00 puntos.
5. Tiempo sin trabajar en el Ayuntamiento o CEE: Por cada mes
anterior a la fecha de publicación de estas bases de empleo sin
trabajar en el Ayuntamiento o CEE, se otorgarán 0,20 puntos hasta un
máximo de 4 puntos, teniendo en cuenta los 2 años anteriores a la
presente convocatoria.
6. Estar en posesión del carnet conducir tipo B: 2,00 puntos.
7. Por cada curso relacionado con el puesto de trabajo ofertado
en jardinería, se le asignará 0,20 puntos por cada 10 horas de
curso relacionado con el puesto de trabajo hasta un máximo de
2 puntos.
8. Por tener la siguiente titulación reglada relacionada con
JARDINERÍA, se le asignará la siguientes puntuaciones:
a. FP Básica: 1,00 punto.
b. FP Grado medio: 1,50 puntos.
c. FP Grado Superior: 2, puntos.
Terminada la fase de concurso y sumando las calificaciones obtenidas por
cada aspirante se elevarán a la Alcaldía-Presidencia propuesta para la
constitución de la bolsa de OFICIALES 1ª CONSTRUCCIÓN, ordenada por la
puntuación obtenida por cada aspirante y publicado en el Tablón de
Anuncios.
Se establece un sistema de desempate estableciendo el mismo del
siguiente modo:
– Primer criterio de desempate: valoración de méritos de experiencia
laboral.
– Segundo criterio de desempate: valoración de méritos de formación.
En caso de que persista el empate, se procederá a dirimir el empate
mediante sorteo público entre los/las aspirantes que se encuentren en la
Cód.
Validación:
3XK5EREZKRW7KJFRMNTDPLENT
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-5596
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Jueves, 14 de septiembre de 2023
N.º 0175
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