Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-3827)
BOP-2023-3827 Convenio de Encomienda de Gestión del servicio de ciclo completo del agua, suscrito entre el Consorcio MásMedio y el Ayuntamiento de Acebo.
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CONVENIO ENCOMIENDA GESTIÓN
CICLO COMPLETO
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
entre la Administración local y las Administraciones del Estado y de las Comunidades
Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con
carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las Leyes, pudiendo tener
lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que suscriban".
Así pues, los Ayuntamientos pueden legalmente cooperar mediante la creación de
consorcios para fines de interés general, conforme a la normativa expuesta.
En este marco normativo, la Diputación Provincial de Cáceres y un elevado número
de Entidades Locales de la provincia, considerando de sumo interés aunar esfuerzos para
una adecuada gestión, racionalización, y mejora de la eficiencia de los servicios
medioambientales, se constituyen en Consorcio para la gestión de los mismos, en sesión
de 27 de julio de 2020.
El artículo 18.2 de la la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
Municipal de Extremadura dispone que “El ejercicio de las facultades y funciones derivadas
de las competencias propias, especialmente de aquellas relativas a la gestión de servicios
públicos, podrá llevarse a cabo por el propio municipio o a través de fórmulas asociativas
previstas en la legislación vigente. Los municipios afectados determinarán las condiciones del
ejercicio conjunto.”
Segundo. El Consorcio MásMedio se constituye como una entidad local
supramunicipal de Derecho Público, de carácter institucional, que cuenta con personalidad
jurídica propia y sus fines responden al interés público común para gestionar de una
manera conjunta los servicios municipales relacionados con el medioambiente, tanto
urbano como rural, dentro de su ámbito territorial de competencia. Considerando de
especial interés, en lo que aquí nos interesa, aquellas actividades relacionadas con el Ciclo
Integral del Agua y, en concreto, en su fase de ciclo completo del agua (abastecimiento en
“alta” y “baja”).
Conforme lo dispuesto en el artículo 3.3 de los Estatutos del Consorcio MásMedio:
“Las Entidades integradas al Consorcio podrán solicitar libremente, mediante acuerdo del
órgano municipal competente, la adhesión a uno o a varios de los servicios que preste el
Consorcio, reflejándose la opción elegida en el correspondiente acuerdo y mediante la fórmula
administrativa que se considere oportuna.”
El artículo 3.4 de los Estatutos del Consorcio dispone que “El Consorcio tendrá por
objeto garantizar, de forma preferente, mediante una fórmula de gestión compartida y de
acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 7/85, los servicios mínimos obligatorios de
recogida y tratamiento de residuos y abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación
y tratamiento de aguas residuales.”
CVE:
BOP-2023-3827
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de junio de 2023
N.º 0117
Pág. 19596
CICLO COMPLETO
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
entre la Administración local y las Administraciones del Estado y de las Comunidades
Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con
carácter voluntario, bajo las formas y en los términos previstos en las Leyes, pudiendo tener
lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que suscriban".
Así pues, los Ayuntamientos pueden legalmente cooperar mediante la creación de
consorcios para fines de interés general, conforme a la normativa expuesta.
En este marco normativo, la Diputación Provincial de Cáceres y un elevado número
de Entidades Locales de la provincia, considerando de sumo interés aunar esfuerzos para
una adecuada gestión, racionalización, y mejora de la eficiencia de los servicios
medioambientales, se constituyen en Consorcio para la gestión de los mismos, en sesión
de 27 de julio de 2020.
El artículo 18.2 de la la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía
Municipal de Extremadura dispone que “El ejercicio de las facultades y funciones derivadas
de las competencias propias, especialmente de aquellas relativas a la gestión de servicios
públicos, podrá llevarse a cabo por el propio municipio o a través de fórmulas asociativas
previstas en la legislación vigente. Los municipios afectados determinarán las condiciones del
ejercicio conjunto.”
Segundo. El Consorcio MásMedio se constituye como una entidad local
supramunicipal de Derecho Público, de carácter institucional, que cuenta con personalidad
jurídica propia y sus fines responden al interés público común para gestionar de una
manera conjunta los servicios municipales relacionados con el medioambiente, tanto
urbano como rural, dentro de su ámbito territorial de competencia. Considerando de
especial interés, en lo que aquí nos interesa, aquellas actividades relacionadas con el Ciclo
Integral del Agua y, en concreto, en su fase de ciclo completo del agua (abastecimiento en
“alta” y “baja”).
Conforme lo dispuesto en el artículo 3.3 de los Estatutos del Consorcio MásMedio:
“Las Entidades integradas al Consorcio podrán solicitar libremente, mediante acuerdo del
órgano municipal competente, la adhesión a uno o a varios de los servicios que preste el
Consorcio, reflejándose la opción elegida en el correspondiente acuerdo y mediante la fórmula
administrativa que se considere oportuna.”
El artículo 3.4 de los Estatutos del Consorcio dispone que “El Consorcio tendrá por
objeto garantizar, de forma preferente, mediante una fórmula de gestión compartida y de
acuerdo con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 7/85, los servicios mínimos obligatorios de
recogida y tratamiento de residuos y abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación
y tratamiento de aguas residuales.”
CVE:
BOP-2023-3827
Verificable
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Jueves, 22 de junio de 2023
N.º 0117
Pág. 19596