Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Ibor. (BOP-2023-3772)
BOP-2023-3772 Bases convocatoria Secretaría-Intervención, funcionario/a interino/a.
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mediante certificación expedida por el Tribunal selectivo u órgano competente a quien
corresponda su expedición.
c) Los cursos de formación mediante original o copia auténtica.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada una de las fases que lo componen.
SÉPTIMA. Selección de Candidatos y Propuesta de Nombramiento.
El tribunal de selección, tras calificar a los/as aspirantes y baremar los méritos alegados,
propondrá a la Corporación el/la candidato/ seleccionado/ y, de acuerdo con dicha propuesta,
el Presidente de la misma remitirá la propuesta de nombramiento y el expediente completo al
órgano competente de la Comunidad Autónoma, que resolverá definitivamente.
OCTAVA. Constitución de relación de candidatos/as.
La bolsa de interinos/as se formará con los aspirantes que superen la fase de oposición y
según el orden de puntuación total obtenida tras la fase de concurso.
La Bolsa de interinos/as tendrá una vigencia máxima de 4 años contados a partir de la fecha de
su constitución y en tanto no se modifique la normativa sobre provisión de puestos de trabajo
de funcionarios/as con habilitación de carácter nacional, mediante nombramiento interino.
El Presidente de la Corporación local propondrá a la Dirección General de Administración Local
el nombramiento del aspirante disponible que corresponda por el orden de la bolsa de
interinos/as. Los nombramientos y ceses de los/as funcionarios/as interinos/as se realizarán
conforme a la normativa estatal y autonómica aplicable
Se contactará por vía telefónica y correo electrónico con los/as aspirantes que figuren en
situación de «disponible» en la Bolsa, según el orden de puntuación, para que manifiesten a
través de correo electrónico del Ayuntamiento en el plazo de cuarenta y ocho horas su voluntad
de optar al puesto. El/la integrante de la Bolsa de interinos que obtenga un nombramiento
como funcionario interino se mantendrá en la Bolsa en situación de «no disponible».
En caso de cese del funcionario/a interino por cobertura del puesto mediante nombramiento
preferente conforme a los artículos 48 y ss del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el
que se regula el régimen jurídico de los/as funcionarios/as de Administración Local con
habilitación de carácter nacional, el/la funcionario/a interino pasará a formar parte de la bolsa
en el mismo lugar que tenía antes de su nombramiento.
CVE:
BOP-2023-3772
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de junio de 2023
N.º 0113
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