Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3718)
BOP-2023-3718 Bases para la provisión definitiva del puesto de Jefatura de Sección de Fiscalización en el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, mediante el procedimiento de concurso de méritos, abierto a otras administraciones públicas.
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Realización de cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán, exclusivamente los
cursos de formación y perfeccionamiento realizados cuyo contenido verse sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del puesto/s de trabajo solicitado/s, así
como las materias transversales de igualdad, idiomas, riesgos laborales y nuevas tecnologías
(ofimática), organizados por la Administración Pública o centros homologados por las mismas o
acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones Públicas
independientemente del/a promoto/ar de los mismos, con la siguiente valoración:
Formación recibida: 0,015 puntos hora.
Formación impartida: 0,020 puntos hora.
Se entiende por cursos los que tengan dicha denominación o las de congresos, jornadas,
seminarios, simposios y similares, destinados a la formación y perfeccionamiento.
Se valorará, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes
dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte; Curso Básico y
Curso Avanzado etc), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración.
Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las
funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda
siempre, y exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma.
Los cursos en los que no se acredite duración se asignará la puntuación de 0,015 puntos. Si la
duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de 5 horas por
cada día que se acredite.
Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la equivalencia será de 10 horas por
cada crédito.
1.4.- Antigüedad: (8 puntos)
Con un tope máximo de 8 puntos se valorará:
Por cada año completo de servicios prestados, en cualquiera de las Administraciones Públicas,
en el mismo subgrupo de pertenencia del puesto que se solicita, se otorgarán 0,70 puntos.
Por cada año completo de servicios prestados, en cualquiera de las Administraciones Públicas,
en distinto subgrupo de pertenencia del puesto que se solicita, se otorgarán 0,35 puntos.
CVE:
BOP-2023-3718
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de junio de 2023
N.º 0111
Pág. 18918
cursos de formación y perfeccionamiento realizados cuyo contenido verse sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del puesto/s de trabajo solicitado/s, así
como las materias transversales de igualdad, idiomas, riesgos laborales y nuevas tecnologías
(ofimática), organizados por la Administración Pública o centros homologados por las mismas o
acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones Públicas
independientemente del/a promoto/ar de los mismos, con la siguiente valoración:
Formación recibida: 0,015 puntos hora.
Formación impartida: 0,020 puntos hora.
Se entiende por cursos los que tengan dicha denominación o las de congresos, jornadas,
seminarios, simposios y similares, destinados a la formación y perfeccionamiento.
Se valorará, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes
dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte; Curso Básico y
Curso Avanzado etc), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración.
Cuando del documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las
funciones a desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda
siempre, y exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma.
Los cursos en los que no se acredite duración se asignará la puntuación de 0,015 puntos. Si la
duración se reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de 5 horas por
cada día que se acredite.
Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la equivalencia será de 10 horas por
cada crédito.
1.4.- Antigüedad: (8 puntos)
Con un tope máximo de 8 puntos se valorará:
Por cada año completo de servicios prestados, en cualquiera de las Administraciones Públicas,
en el mismo subgrupo de pertenencia del puesto que se solicita, se otorgarán 0,70 puntos.
Por cada año completo de servicios prestados, en cualquiera de las Administraciones Públicas,
en distinto subgrupo de pertenencia del puesto que se solicita, se otorgarán 0,35 puntos.
CVE:
BOP-2023-3718
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de junio de 2023
N.º 0111
Pág. 18918